/ domingo 1 de septiembre de 2024

Jueces frenan proceso de la reforma judicial

Un grupo de jueces de Distrito adscritos al PJF promovieron un juicio de amparo contra el dictamen de la reforma judicial en el que solicitaron la suspensión de la discusión y la votación en San Lázaro

Dos jueces federales ordenaron suspender tanto la discusión y aprobación de la Reforma Judicial en la Cámara de Diputados, lo que está previsto para la próxima semana, así como su envío a los estados para su ratificación, en caso de ser aprobada.

Ya por la noche del sábado, la Cámara de Diputados informó que su área jurídica "recibió del Juzgado Décimo de Distrito en materia administrativa oficios con anexos que contienen incidentes de suspensión de los juicios de amparo 1190/2024–XVI y 1251/2024, promovidos por los juzgados

Tercero de Chiapas y Quinto de Morelos, para que el Congreso de la Unión, mediante sus dos cámaras, y la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, así como las legislaturas de los estados continúen con la discusión y aprobación de reformas a la Constitución Política relativas al Poder Judicial".

Una resolución del Juzgado Quinto de Distrito en Cuernavaca, Morelos, ordenó frenar el dictamen de reforma aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la actual legislatura el pasado 26 de agosto, lo cual implicaría que dicho proyecto no podría ser discutido y votado por la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados este domingo.

La resolución, emitida por la jueza Martha Eugenia Magaña López, señala que en menos de 24 horas la Cámara de Diputados deberá acatar e informar sobre el cumplimiento de la suspensión, pues no acatar la medida implica la comisión de un delito equiparable al de abuso de autoridad, que sería notificado al Ministerio Público de la Federación.

Dicha suspensión se mantendrá, al menos, hasta el 4 de septiembre, cuando se realizará la audiencia incidental donde se determinará si continúa o no la medida cautelar. A menos que la Cámara de Diputados o el Presidente de la República (acusados en el juicio de amparo) promuevan un recurso de queja contra la determinación de la jueza ante un Tribunal Colegiado.

Puede interesarte: Morena analiza cambios a la reforma judicial: Olga Sánchez Cordero

“No es una decisión firme, puede ser recurrida ante un Tribunal Colegiado. El Congreso puede presentar un recurso de queja en contra de esa determinación y un Tribunal puede revisar lo que el juzgado decidió y revocar la decisión si determina que no hay fundamento legal para ello, o puede confirmarla si considera que sí hay argumentos para tomar esa decisión”, explicó el abogado Luis Eliud Tapia Olivares.

De acuerdo con la información del expediente judicial 1251/2024, un grupo de cuatro jueces de Distrito adscritos al Poder Judicial de la Federación promovieron el juicio de amparo contra el dictamen de la reforma judicial, en el que solicitaron la suspensión para que el dictamen constitucional no surta efectos contra ellos, ni que sea discutido y votado en San Lázaro.

Los quejosos alegaron que “se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución”.

Ante la solicitud de la medida cautelar, la jueza Magaña determinó que “es legalmente factible conceder la suspensión de oficio solicitada por los quejosos”, dado que, de aprobarse la reforma, “serían separados de sus cargos sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas a que hacen referencia en forma puntual en la demanda”.

Trabajadores del PJF protestando contra la Reforma Judicial. Foto: Romina Solís / El Sol de México.

En su resolución, la impartidora de justicia también señaló: “Es necesario que se garantice la independencia de cualquier juez en un Estado de Derecho y, en especial, la del juez constitucional en razón de la naturaleza de los asuntos sometidos a su conocimiento, tal como lo estableció la Corte Europea, la independencia de cualquier Juez supone que se cuente con un adecuado proceso de nombramiento, con una duración establecida en el cargo y con una garantía contra presiones externas, para así asegurar a la sociedad que el acceso a la justicia será libre de presiones”.

Según el expediente, la próxima audiencia incidental sobre este caso tendrá lugar el próximo 4 de septiembre de 2024 a las 13:15 horas. Ahí, las autoridades denunciadas podrán presentar las pruebas y argumentos necesarios para que el juez dé revés o mantenga la suspensión.

En otro caso, en Chiapas, un juez federal también concedió una suspensión contra la Reforma Judicial. Ésta determina que, en caso de que se apruebe en el Congreso de la Unión, no se podrá enviar a las Legislaturas de los estados ni de la Ciudad de México para la aprobación local correspondiente hasta que se resuelva el juicio de amparo.

El debate de la reforma al Poder Judicial está previsto que inicie este domingo, al arrancar la nueva legislatura, según había adelantado el miércoles pasado Ricardo Monreal, quien asumió como coordinador de Morena en la Cámara de Diputados. “Será en la primera semana de septiembre”, “son dos días para la discusión en lo general, en lo particular y la votación puede ser el 3, puede ser el 4 o puede ser el 5 de septiembre”, precisó ese día el legislador del partido oficial.

Foto: Mario Jasso / Cuartoscuro.com

Ayer, Monreal confirmó que la Cámara fue notificada de las dos resoluciones de los jueces, pero advirtió que la mayoría legislativa, conformada por Morena y sus aliados, no se someterán.

“Esta mayoría legislativa, categórica y enérgicamente determina que no se somete ni se someterá a la jurisdicción del juzgado o juzgados que lo ordene, porque no tienen competencia para ello, porque no se pueden suspender el análisis y discusión y en su caso aprobación del dictamen relativo a la reforma constitucional en materia judicial”, advirtió en un mensaje publicado en su cuenta de X.

Respecto a la determinación de la jueza de Morelos, el abogado Luis Eliud Tapia Olivares consideró que esta es inconstitucional, dado que un amparo no procede contra reformas constitucionales, como la judicial: “Me parece que la decisión no se sostiene, es inconstitucional. El amparo no procede contra reformas constitucionales.

No tiene competencia ni el Poder Judicial, ni los jueces, ni la Suprema Corte para suspender reformas constitucionales”, indicó el también profesor de Derecho.

Trabajadores de la SCJN reclamaron a la ministra Lenia Batres. Fotos: Cortesía

Sobre la decisión de la juez en materia político-jurídica, en el contexto de la Reforma Judicial, Luis Tapia consideró que no fue una resolución acertada en el ámbito estratégico:

“Parece que lo que hizo (la jueza) fue echarle más leña al juego. Entonces, ciertamente, uno si lo analiza jurídicamente y políticamente, no parece una decisión de lo más estratégica”, explicó el especialista al señalar que la impartidora de justicia se saltó el paro laboral, así como que se adelantó a que la reforma fuera aprobada, dado que aún no es un hecho.

Por su parte, la abogada constitucionalista Claudia Aguilar Barroso, consideró que es posible que esta determinación termine siendo desechada por un Tribunal, en caso de que impugnen los acusados:

“En mi experiencia, con los antecedentes, yo creo que lo que tienen que hacer las autoridades responsables es impugnar a través del recurso de queja, y seguramente no van a mantenerse las suspensiones y seguramente las van a revocar”, indicó Aguilar.

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La reforma judicial propuesta por el Presidente López Obrador y avalada con cambios mínimos por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados pretende que jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte sean electos mediante el voto popular, y con ello, despedir a los más de mil 600 impartidores de justicia federales que están en funciones actualmente.

En protesta, trabajadores del Poder Judicial de la Federación, acompañados de jueces y magistrados, iniciaron una suspensión de labores a nivel federal desde el pasado 19 de agosto, y han comenzado diversas movilizaciones en las calles de la Ciudad de México y otras entidades para manifestar su rechazo a la reforma que, acusan, acabaría con la independencia y la carrera judicial.

Dos jueces federales ordenaron suspender tanto la discusión y aprobación de la Reforma Judicial en la Cámara de Diputados, lo que está previsto para la próxima semana, así como su envío a los estados para su ratificación, en caso de ser aprobada.

Ya por la noche del sábado, la Cámara de Diputados informó que su área jurídica "recibió del Juzgado Décimo de Distrito en materia administrativa oficios con anexos que contienen incidentes de suspensión de los juicios de amparo 1190/2024–XVI y 1251/2024, promovidos por los juzgados

Tercero de Chiapas y Quinto de Morelos, para que el Congreso de la Unión, mediante sus dos cámaras, y la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, así como las legislaturas de los estados continúen con la discusión y aprobación de reformas a la Constitución Política relativas al Poder Judicial".

Una resolución del Juzgado Quinto de Distrito en Cuernavaca, Morelos, ordenó frenar el dictamen de reforma aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la actual legislatura el pasado 26 de agosto, lo cual implicaría que dicho proyecto no podría ser discutido y votado por la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados este domingo.

La resolución, emitida por la jueza Martha Eugenia Magaña López, señala que en menos de 24 horas la Cámara de Diputados deberá acatar e informar sobre el cumplimiento de la suspensión, pues no acatar la medida implica la comisión de un delito equiparable al de abuso de autoridad, que sería notificado al Ministerio Público de la Federación.

Dicha suspensión se mantendrá, al menos, hasta el 4 de septiembre, cuando se realizará la audiencia incidental donde se determinará si continúa o no la medida cautelar. A menos que la Cámara de Diputados o el Presidente de la República (acusados en el juicio de amparo) promuevan un recurso de queja contra la determinación de la jueza ante un Tribunal Colegiado.

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“No es una decisión firme, puede ser recurrida ante un Tribunal Colegiado. El Congreso puede presentar un recurso de queja en contra de esa determinación y un Tribunal puede revisar lo que el juzgado decidió y revocar la decisión si determina que no hay fundamento legal para ello, o puede confirmarla si considera que sí hay argumentos para tomar esa decisión”, explicó el abogado Luis Eliud Tapia Olivares.

De acuerdo con la información del expediente judicial 1251/2024, un grupo de cuatro jueces de Distrito adscritos al Poder Judicial de la Federación promovieron el juicio de amparo contra el dictamen de la reforma judicial, en el que solicitaron la suspensión para que el dictamen constitucional no surta efectos contra ellos, ni que sea discutido y votado en San Lázaro.

Los quejosos alegaron que “se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución”.

Ante la solicitud de la medida cautelar, la jueza Magaña determinó que “es legalmente factible conceder la suspensión de oficio solicitada por los quejosos”, dado que, de aprobarse la reforma, “serían separados de sus cargos sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas a que hacen referencia en forma puntual en la demanda”.

Trabajadores del PJF protestando contra la Reforma Judicial. Foto: Romina Solís / El Sol de México.

En su resolución, la impartidora de justicia también señaló: “Es necesario que se garantice la independencia de cualquier juez en un Estado de Derecho y, en especial, la del juez constitucional en razón de la naturaleza de los asuntos sometidos a su conocimiento, tal como lo estableció la Corte Europea, la independencia de cualquier Juez supone que se cuente con un adecuado proceso de nombramiento, con una duración establecida en el cargo y con una garantía contra presiones externas, para así asegurar a la sociedad que el acceso a la justicia será libre de presiones”.

Según el expediente, la próxima audiencia incidental sobre este caso tendrá lugar el próximo 4 de septiembre de 2024 a las 13:15 horas. Ahí, las autoridades denunciadas podrán presentar las pruebas y argumentos necesarios para que el juez dé revés o mantenga la suspensión.

En otro caso, en Chiapas, un juez federal también concedió una suspensión contra la Reforma Judicial. Ésta determina que, en caso de que se apruebe en el Congreso de la Unión, no se podrá enviar a las Legislaturas de los estados ni de la Ciudad de México para la aprobación local correspondiente hasta que se resuelva el juicio de amparo.

El debate de la reforma al Poder Judicial está previsto que inicie este domingo, al arrancar la nueva legislatura, según había adelantado el miércoles pasado Ricardo Monreal, quien asumió como coordinador de Morena en la Cámara de Diputados. “Será en la primera semana de septiembre”, “son dos días para la discusión en lo general, en lo particular y la votación puede ser el 3, puede ser el 4 o puede ser el 5 de septiembre”, precisó ese día el legislador del partido oficial.

Foto: Mario Jasso / Cuartoscuro.com

Ayer, Monreal confirmó que la Cámara fue notificada de las dos resoluciones de los jueces, pero advirtió que la mayoría legislativa, conformada por Morena y sus aliados, no se someterán.

“Esta mayoría legislativa, categórica y enérgicamente determina que no se somete ni se someterá a la jurisdicción del juzgado o juzgados que lo ordene, porque no tienen competencia para ello, porque no se pueden suspender el análisis y discusión y en su caso aprobación del dictamen relativo a la reforma constitucional en materia judicial”, advirtió en un mensaje publicado en su cuenta de X.

Respecto a la determinación de la jueza de Morelos, el abogado Luis Eliud Tapia Olivares consideró que esta es inconstitucional, dado que un amparo no procede contra reformas constitucionales, como la judicial: “Me parece que la decisión no se sostiene, es inconstitucional. El amparo no procede contra reformas constitucionales.

No tiene competencia ni el Poder Judicial, ni los jueces, ni la Suprema Corte para suspender reformas constitucionales”, indicó el también profesor de Derecho.

Trabajadores de la SCJN reclamaron a la ministra Lenia Batres. Fotos: Cortesía

Sobre la decisión de la juez en materia político-jurídica, en el contexto de la Reforma Judicial, Luis Tapia consideró que no fue una resolución acertada en el ámbito estratégico:

“Parece que lo que hizo (la jueza) fue echarle más leña al juego. Entonces, ciertamente, uno si lo analiza jurídicamente y políticamente, no parece una decisión de lo más estratégica”, explicó el especialista al señalar que la impartidora de justicia se saltó el paro laboral, así como que se adelantó a que la reforma fuera aprobada, dado que aún no es un hecho.

Por su parte, la abogada constitucionalista Claudia Aguilar Barroso, consideró que es posible que esta determinación termine siendo desechada por un Tribunal, en caso de que impugnen los acusados:

“En mi experiencia, con los antecedentes, yo creo que lo que tienen que hacer las autoridades responsables es impugnar a través del recurso de queja, y seguramente no van a mantenerse las suspensiones y seguramente las van a revocar”, indicó Aguilar.

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La reforma judicial propuesta por el Presidente López Obrador y avalada con cambios mínimos por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados pretende que jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte sean electos mediante el voto popular, y con ello, despedir a los más de mil 600 impartidores de justicia federales que están en funciones actualmente.

En protesta, trabajadores del Poder Judicial de la Federación, acompañados de jueces y magistrados, iniciaron una suspensión de labores a nivel federal desde el pasado 19 de agosto, y han comenzado diversas movilizaciones en las calles de la Ciudad de México y otras entidades para manifestar su rechazo a la reforma que, acusan, acabaría con la independencia y la carrera judicial.

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