/ jueves 1 de agosto de 2024

Uber y otras apps no podrán operar en la Fenapo 2024

Las unidades del servicio de transporte, en su modalidad de taxi, “son las únicas que podrán tomar pasaje en las bahías diseñadas para tal fin en las inmediaciones del recinto ferial” detalló la titular de SCT

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el estado cuenta con un registro digital, en el que los conductores de vehículos -inscritos plataformas de transporte- que quieran prestar servicio en la Feria Nacional Potosina, deberán estar registrados.

Así lo dio a conocer la titular de la dependencia, Araceli Martínez Acosta, quien advirtió que de lo contrario, las unidades que brinden servicio a través de aplicación tendrán prohibida la entrada a los sitios de ascenso y descenso.

La funcionaria estatal añadió que las unidades del servicio de transporte, en su modalidad de taxi, “son las únicas que podrán tomar pasaje en las bahías diseñadas para tal fin en las inmediaciones del recinto ferial”.

Aclaró que no se trata de criminalizar ese servicio, pero para que puedan realizar sus operaciones deben estar dados de alta en el registro estatal que administra la dependencia a su cargo, “es un listado oficial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, aunque la mayoría de esas unidades no están inscritas en él, por lo que se considera que operan fuera de la Ley”.

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A una semana del arranque de la edición 2024 de la Feria Nacional Potosina, aseguró, “estamos por concluir las tareas de mejoramiento y adaptación de la infraestructura para brindar el servicio de transporte público urbano en horario extendido, así como también en la modalidad de carro de sitio”.

Refirió que una queja recurrente dentro del taxismo convencional es que se permite el funcionamiento de unidades con servicio de plataforma, catalogado incluso por el gremio como “pirataje”.

Ante ello, destacó, es que se mantienen operativos que identifican a ese tipo de unidades y se procede contra ellos conforme a la Ley, “con respecto a la Fenapo, no se permitirá que realicen actividades en las bahías o espacios que fueron diseñados para el taxismo convencional, y que sí está regulado, ni en sus inmediaciones”, sentenció.

Finalmente, Martínez Acosta insistió en que “las unidades del servicio de taxi, son las únicas que podrán tomar pasaje en las bahías diseñadas para tal fin, los vehículos que brindan servicio a través de plataformas tendrán prohibido el acceso; y en todo caso los conductores deberán estar dados de alta en el registro digital de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes en el estado cuenta con un registro digital, en el que los conductores de vehículos -inscritos plataformas de transporte- que quieran prestar servicio en la Feria Nacional Potosina, deberán estar registrados.

Así lo dio a conocer la titular de la dependencia, Araceli Martínez Acosta, quien advirtió que de lo contrario, las unidades que brinden servicio a través de aplicación tendrán prohibida la entrada a los sitios de ascenso y descenso.

La funcionaria estatal añadió que las unidades del servicio de transporte, en su modalidad de taxi, “son las únicas que podrán tomar pasaje en las bahías diseñadas para tal fin en las inmediaciones del recinto ferial”.

Aclaró que no se trata de criminalizar ese servicio, pero para que puedan realizar sus operaciones deben estar dados de alta en el registro estatal que administra la dependencia a su cargo, “es un listado oficial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, aunque la mayoría de esas unidades no están inscritas en él, por lo que se considera que operan fuera de la Ley”.

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A una semana del arranque de la edición 2024 de la Feria Nacional Potosina, aseguró, “estamos por concluir las tareas de mejoramiento y adaptación de la infraestructura para brindar el servicio de transporte público urbano en horario extendido, así como también en la modalidad de carro de sitio”.

Refirió que una queja recurrente dentro del taxismo convencional es que se permite el funcionamiento de unidades con servicio de plataforma, catalogado incluso por el gremio como “pirataje”.

Ante ello, destacó, es que se mantienen operativos que identifican a ese tipo de unidades y se procede contra ellos conforme a la Ley, “con respecto a la Fenapo, no se permitirá que realicen actividades en las bahías o espacios que fueron diseñados para el taxismo convencional, y que sí está regulado, ni en sus inmediaciones”, sentenció.

Finalmente, Martínez Acosta insistió en que “las unidades del servicio de taxi, son las únicas que podrán tomar pasaje en las bahías diseñadas para tal fin, los vehículos que brindan servicio a través de plataformas tendrán prohibido el acceso; y en todo caso los conductores deberán estar dados de alta en el registro digital de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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