Por orden del tribunal, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) tendrá que demostrar que ha generado acciones para medir las emisiones de gases de efecto invernadero de 2012 a la fecha.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito consideró fundado el recurso de inconformidad promovido por la asociación Cambio de Ruta mediante el Juicio de Amparo 484/2016-5, por lo que requiere a la Segam para que en el transcurso de tres días remita las constancias con las que acredite el cumplimiento a la ejecutoria de amparo.
Lo anterior implica que la dependencia estatal demuestre las acciones encaminadas a dar seguimiento a la línea de acción consistente en "Elaborar y actualizar un inventario estatal y municipal de emisiones de gases de efecto invernadero", contenida en el Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021.
Agrega que este acuerdo se da "En el entendido de que para ello sólo está obligada la autoridad responsable, como le refiere la ejecutoria que se provee, a elaborar y actualizar el inventario de emisiones de gases de efecto invernadero de que se trata por lo que hace a la ciudad de San Luis Potosí y su zona conurbana".
Así mismo, instruye al Juez Primero de Distrito a vigilar el cumplimiento de la ejecutoria de amparo y advierte que en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado se le impondrá una multa de 100 UMAS a la Segam, que se traduce en 8 mil 400 pesos.
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