/ miércoles 21 de octubre de 2020

SUTSGE tumba Ley de Seguridad Pública de SLP por inconstitucional

Tribunales federales ordenan abrogarla por ilegal y porque viola los derechos de los trabajadores

El SUTSGE echó abajo la Ley de Seguridad Pública de San Luis Potosí por resultar inconstitucional, ahora el Juzgado Sexto de Distrito de San Luis Potosí está ordenando al Gobierno del Estado que la abrogue.

El Poder Ejecutivo y los diputados locales en dos ocasiones han reformado la Ley de Seguridad Pública del Estado, violando los derechos de los trabajadores afiliados al sindicato mayoritario, por lo que la dirigente del SUTSGE, Bernardina Lara Argüelles en su momento les exigió corregir sus errores porque esa ley era ilegal; pero nunca lo admitieron y publicaron su ley, lo que originó que el SUTSGE promoviera un amparo que ganó.

El primer amparo se promovió el 15 de mayo del 2012 cuando el gobernador era el doctor Fernando Toranzo y se ganó el 28 de septiembre del mismo año, amparo que fue resuelto por el Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la tercera región con residencia en Guadalajara Jalisco, bajo el expediente número 637/2012.

Esto, porque la Ley de Seguridad Pública es inconstitucional, en específico los Artículos 53 y 54, porque violan los derechos adquiridos por los trabajadores de base de las instituciones de Seguridad Pública de San Luis Potosí. En dicho amparo de 2012, de expediente 637, se llegó a la firme resolución, de que: “No deben aplicarse a los trabajadores en lo presente y en lo futuro, hasta en tanto no sean abrogadas o reformadas”.

El 8 de julio de 2016 fue publicada la Ley de Seguridad Pública de San Luis Potosí, por lo cual se presentó el segundo amparo promovido el 19 de agosto de 2016. Este amparo se ganó del 31 de mayo de 2019 y fue resuelto por el Juzgado Sexto de Distrito de S.L.P. bajo el número de expediente 1069/2016. Ese año la legislatura estaba integrada por los diputados Jose Luis Romero Calzada alias el "Tekmol", Sergio Desfassiux Cabello, Enrique Flores Flores, Manuel Barrera Guillén, Xitlálic Sánchez, entre otros.

El amparo declara inconstitucional la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, en virtud de que el Articulo 52 y Transitorio Cuarto del Decreto 0241 violan el derecho de los trabajadores a la estabilidad en el empleo, que deriva del Art. 123 Constitucional fracción XI del apartado B; esto también, para que las autoridades responsables (Gobierno del Estado) y aquellas que con motivo de sus funciones estén obligadas a cumplir la sentencia de amparo: “No apliquen a los trabajadores a quienes se les concedió el amparo solicitado, la Ley declarada inconstitucional, en lo presente y en lo futuro”.

Contra esta resolución el Gobierno del Estado interpuso recurso de revisión, y el Primer Tribunal Colegiado en materia civil y administrativa con fecha 3 de agosto del año en curso les desechó el recurso interpuesto por lo que el Gobierno del Estado perdió el recurso de revisión.

El 13 de octubre del presente año, el Juzgado Sexto de Distrito, dictó acuerdo para requerir al Gobierno del Estado, dándole un término de tres días para que derogue la Ley de Seguridad Publica por inconstitucional.



Te recomendamos el podcast ⬇️

Apple Podcasts

Google Podcasts

Spotify

Acast

Deezer

El SUTSGE echó abajo la Ley de Seguridad Pública de San Luis Potosí por resultar inconstitucional, ahora el Juzgado Sexto de Distrito de San Luis Potosí está ordenando al Gobierno del Estado que la abrogue.

El Poder Ejecutivo y los diputados locales en dos ocasiones han reformado la Ley de Seguridad Pública del Estado, violando los derechos de los trabajadores afiliados al sindicato mayoritario, por lo que la dirigente del SUTSGE, Bernardina Lara Argüelles en su momento les exigió corregir sus errores porque esa ley era ilegal; pero nunca lo admitieron y publicaron su ley, lo que originó que el SUTSGE promoviera un amparo que ganó.

El primer amparo se promovió el 15 de mayo del 2012 cuando el gobernador era el doctor Fernando Toranzo y se ganó el 28 de septiembre del mismo año, amparo que fue resuelto por el Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la tercera región con residencia en Guadalajara Jalisco, bajo el expediente número 637/2012.

Esto, porque la Ley de Seguridad Pública es inconstitucional, en específico los Artículos 53 y 54, porque violan los derechos adquiridos por los trabajadores de base de las instituciones de Seguridad Pública de San Luis Potosí. En dicho amparo de 2012, de expediente 637, se llegó a la firme resolución, de que: “No deben aplicarse a los trabajadores en lo presente y en lo futuro, hasta en tanto no sean abrogadas o reformadas”.

El 8 de julio de 2016 fue publicada la Ley de Seguridad Pública de San Luis Potosí, por lo cual se presentó el segundo amparo promovido el 19 de agosto de 2016. Este amparo se ganó del 31 de mayo de 2019 y fue resuelto por el Juzgado Sexto de Distrito de S.L.P. bajo el número de expediente 1069/2016. Ese año la legislatura estaba integrada por los diputados Jose Luis Romero Calzada alias el "Tekmol", Sergio Desfassiux Cabello, Enrique Flores Flores, Manuel Barrera Guillén, Xitlálic Sánchez, entre otros.

El amparo declara inconstitucional la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, en virtud de que el Articulo 52 y Transitorio Cuarto del Decreto 0241 violan el derecho de los trabajadores a la estabilidad en el empleo, que deriva del Art. 123 Constitucional fracción XI del apartado B; esto también, para que las autoridades responsables (Gobierno del Estado) y aquellas que con motivo de sus funciones estén obligadas a cumplir la sentencia de amparo: “No apliquen a los trabajadores a quienes se les concedió el amparo solicitado, la Ley declarada inconstitucional, en lo presente y en lo futuro”.

Contra esta resolución el Gobierno del Estado interpuso recurso de revisión, y el Primer Tribunal Colegiado en materia civil y administrativa con fecha 3 de agosto del año en curso les desechó el recurso interpuesto por lo que el Gobierno del Estado perdió el recurso de revisión.

El 13 de octubre del presente año, el Juzgado Sexto de Distrito, dictó acuerdo para requerir al Gobierno del Estado, dándole un término de tres días para que derogue la Ley de Seguridad Publica por inconstitucional.



Te recomendamos el podcast ⬇️

Apple Podcasts

Google Podcasts

Spotify

Acast

Deezer

Local

Entre ofrendas y denuncias, conmemoran el 25N en San Luis Potosí

Las asistentes se congregaron en el memorial para las víctimas de feminicidio, donde colocaron flores para las víctimas y colgaron un tendero de denuncias

Local

Presidenta de Villa de Pozos rechaza "heredar" deuda de SLP

“El municipio está saqueado, está en malas condiciones. Esto se refleja en las calles, en las oficinas; no está reflejado lo que corresponde al municipio. Yo creo que es una injusticia, y no vamos a reconocer esa deuda".

Local

María Manuela Cázares comparecerá ante el Congreso de SLP

Diputados de MORENA y el Partido Verde avalaron el trabajo realizado por la fiscal

Local

Soledad anuncia cierre de tiradero en El Zapote y convenio con Vigue Red Ambiental

"Con este convenio, no solo se dispondrá de manera adecuada la basura en un lugar que cumple con las normativas de salubridad, sino que también se dará solución definitiva al tiradero": Navarro

Local

Docentes protestan en la Facultad de Ciencias Químicas de la UASLP

La manifestación se debió a la persistente negativa de rechazo para ser acreedoras de la beca del Programa de Desempeño Docente.

Local

Potosinas, cada vez más conscientes sobre la violencia vicaria: activista

La violencia vicaria se ubica entre el primer y segundo lugar de los tipos de violencia contra la mujer en México; en 29 delitos ya se está tipificada como delito