Suspensión de clases en SLP el 1º de octubre, ¿para quiénes aplica?

La fracción VII del Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo ahora establece como día festivo derivado del cambio del ejecutivo federal, el 1 de octubre de cada seis años

Patricia Calvillo / El Sol de San Luis

  · viernes 27 de septiembre de 2024

Juana María Olivo / El Sol de San Luis

Las instituciones educativas de San Luis Potosí tanto de carácter público como privado van a tener día de asueto por el cambio presidencial, en el calendario escolar de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, SEGE, del Sistema Educativo Estatal Regular, SEER, de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, UASLP, y de otras academias privadas, se especifica suspensión de clases este próximo martes primero de octubre.

Más de medio millón de estudiantes, más de 8 mil centros educativos de San Luis Potosí de los diversos niveles educativos, preescolar, básico, medio superior y superior, tomarán el próximo martes primero de octubre como día de descanso.

Juana María Olivo / El Sol de San Luis


Lo anterior ocurre debido a las modificaciones a la ley que se hicieron en los años 2012 y 2014 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respecto de la fecha de transmisión del Poder Ejecutivo Federal (1 de octubre de cada seis años), existían diversas interpretaciones sobre qué día de descanso debía de otorgarse a los trabajadores de conformidad con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, ya que esta ley seguía estableciendo que el día de descanso obligatorio era el 1 de diciembre de cada seis años.

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Pero a razón, de las actividades del Senado de la República Mexicana se cambió el pasado 18 de septiembre de 2024, la Fracción VII del Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo en el cual establece como día festivo derivado del cambio del ejecutivo federal, el 1 de octubre de cada seis años.

Juana María Olivo / El Sol de San Luis

En ese contexto se ha dicho a nivel nacional que el próximo 1 de octubre de 2024 será considerado como un día de descanso obligatorio para los trabajadores de este país, con las obligaciones patronales de pago para aquellos que lo lleguen a laborar.

El pago a los trabajadores del salario que le corresponda por el día de descanso obligatorio, más un salario doble adicional por el servicio prestado durante el día feriado, de conformidad al segundo párrafo del Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

A nivel estatal, la Universidad Cuauhtémoc, la Universidad Politécnica de San Luis Potosí, UPSLP, la Universidad Tecnológica de San Luis Potosí, UTSLP, entre otras, estarán llevando a cabo día de asueto oficial.