Siguen pendientes, 50 denuncias de delitos electorales

La mayoría de estos casos versa sobre denuncias de personas que desempeñaban un cargo municipal y en horas de trabajo acudieron a actos proselitistas o utilizaron recursos públicos para apoyar algún candidato

Mayra Tristán

  · miércoles 10 de octubre de 2018

Foto: Rolando Dimas

A tres meses de que concluyó el proceso electoral, siguen abiertas alrededor de 50 carpetas de investigación por hechos con apariencia de delito electoral, informó Javier Montalvo Pérez, titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales.

El funcionario recordó que en este proceso electoral 2018 se iniciaron poco más de 120 carpetas de investigación por hechos con apariencia de delito electoral, de las cuales siguen abiertas alrededor de 50, en su mayoría contra funcionarios municipales que recién dejaron su cargo.

Precisó que estos casos que aún se encuentran pendientes de resolución se han tomado tiempo debido a que no se tienen circunstancias claras en torno al hecho denunciado, por lo que la Fiscalía ha tenido que recurrir a la Policía Ministerial para que apoye con entrevistas a testigos o aporte detalles sobre los hechos.

Indicó que la mayoría de estos 50 casos versa sobre denuncias de personas que desempeñaban un cargo municipal y en horas de trabajo acudieron a actos proselitistas o utilizaron recursos públicos para apoyar algún candidato, y aunque el proceso electoral ya concluyó y las personas acusadas ya dejaron su cargo, aún se pueden aplicar sanciones.

Lo anterior debido a que “tanto para responsabilidades penales como de responsabilidades de índole político, no tenemos un tiempo límite”, y mencionó que la sanción que se aplique a estas personas, en caso de comprobar la comisión de un delito, dependerá de la gravedad de falta y lo que determine el juez de control en cada caso.

Respecto a las carpetas de investigación que ya se resolvieron, Montalvo Pérez explicó que en algunas se determinó el no ejercicio de acción penal o la abstención de la investigación; el no ejercicio de acción penal se debe a que el hecho denunciado no constituía un delito o que ya fue reparado el daño, y la abstención se debió también a que el hecho no constituía un delito o que no se aportaron suficientes pruebas para investigar.