/ miércoles 22 de marzo de 2023

Se ofrecerán créditos para las comunidades indígenas

Para incentivar la economía de las comunidades por medio de programas, y desarrollo de capacidades locales y regionales

A propuesta de la diputada Bernarda Reyes Hernández, el Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad del Estado de San Luis Potosí, para incentivar la economía de las comunidades indígenas por medio de programas, y desarrollo de capacidades locales y regionales, así como otorgamiento de créditos, por medio de la Secretaría de Desarrollo Económico y Social.

Con esta reforma, la Secretaria del Desarrollo Económico, deberá incluir a las comunidades indígenas en el sistema de ponderación para que puedan acceder a los diversos instrumentos o apoyos que brinda dicha institución, como lo son las capacitaciones para el desarrollo de capacidades locales y regionales que les permitan al otorgamiento de créditos y con ello impulsar e incentivar la economía dentro y fuera de las comunidades indígenas.

En el dictamen respectivo, se indica que el Gobierno Federal presentó el Programa Nacional de los Pueblos Indígenas (2018-2024), cuyas premisas fundamentales son las de: fortalecer los procesos de autonomía y formas de organización propias; consolidar sus formas de participación efectiva en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas y programas de gobierno que les atañen; y fomentar el aprovechamiento sostenible de sus tierras, territorios y recursos naturales, así como la distribución justa y equitativa de la riqueza, para combatir la lacerante pobreza y marginación en que se encuentran.

Dicho programa establece como líneas de acción las siguientes: el impulso de la economía indígena sostenible mediante el desarrollo de capacidades locales y regionales; y promover el acceso al crédito y consolidar empresas de la población indígena y afromexicanas.

Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2° apartado B obliga a las entidades federativas a abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas, con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades.

A propuesta de la diputada Bernarda Reyes Hernández, el Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad del Estado de San Luis Potosí, para incentivar la economía de las comunidades indígenas por medio de programas, y desarrollo de capacidades locales y regionales, así como otorgamiento de créditos, por medio de la Secretaría de Desarrollo Económico y Social.

Con esta reforma, la Secretaria del Desarrollo Económico, deberá incluir a las comunidades indígenas en el sistema de ponderación para que puedan acceder a los diversos instrumentos o apoyos que brinda dicha institución, como lo son las capacitaciones para el desarrollo de capacidades locales y regionales que les permitan al otorgamiento de créditos y con ello impulsar e incentivar la economía dentro y fuera de las comunidades indígenas.

En el dictamen respectivo, se indica que el Gobierno Federal presentó el Programa Nacional de los Pueblos Indígenas (2018-2024), cuyas premisas fundamentales son las de: fortalecer los procesos de autonomía y formas de organización propias; consolidar sus formas de participación efectiva en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas y programas de gobierno que les atañen; y fomentar el aprovechamiento sostenible de sus tierras, territorios y recursos naturales, así como la distribución justa y equitativa de la riqueza, para combatir la lacerante pobreza y marginación en que se encuentran.

Dicho programa establece como líneas de acción las siguientes: el impulso de la economía indígena sostenible mediante el desarrollo de capacidades locales y regionales; y promover el acceso al crédito y consolidar empresas de la población indígena y afromexicanas.

Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2° apartado B obliga a las entidades federativas a abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas, con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades.

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