Se cerró registro de candidaturas independientes

Fueron solamente 12; nueve para alcaldías y tres para diputaciones

Raymundo Rocha | El Sol de San Luis

  · domingo 3 de diciembre de 2023

Ricardo Solache | El Sol de San Luis

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), concluyó el plazo de registro para las personas que aspiran a registrarse en una candidatura independiente para participar en el Proceso Electoral Local 2024.

Durante la etapa de registro se recibieron 12 solicitudes: 9 de ellas para Presidencias Municipales y 3 para Diputaciones Locales de Mayoría Relativa:

1.- María Elia Rodríguez Lucero, ayuntamiento de Ciudad Valles

2.- Carlos Durán Trejo, ayuntamiento de Xilitla

3.- José Ricardo Delsol, Distrito 13

4.- Rosalio González Martínez, ayuntamiento San Luis Potosí

5.- Silvia Castillo Jara, ayuntamiento Matehuala

6.- Miguel Alejandro Candia Gómez, Distrito 05

7.- Francisco Paredes Sánchez, ayuntamiento Matehuala

8.- Eduardo Duarte Jasso, Distrito 08

9.- Leonardo Vinaja Vázquez, ayuntamiento Mexquitic

10.- Hugo Ernesto Moreno Rodríguez, ayuntamiento San Luis Potosí

11.- Rafael Olvera Torres, ayuntamiento El Naranjo

12.- Rosa Angélica Martínez Linares, ayuntamiento Ciudad del Maíz

A más tardar el 5 de enero el Consejo General del CEEPAC emitirá los dictámenes de Procedencia o improcedencia de las manifestaciones de intención para ser aspirantes a candidaturas independientes, en función de que cumplan todos los requisitos de la Convocatoria.

Quienes obtengan el Dictamen Procedente a partir del 17 de enero y hasta el 10 de febrero de 2024, las personas aspirantes deberán recabar el apoyo ciudadano de al menos el 2% de las personas que integran la lista nominal del municipio o distrito electoral en el que desean participar.

En las demarcaciones que exista más de una persona aspirante, solamente se podrá registrar al que, de manera individual, haya obtenido el mayor número de cédulas de manifestación de respaldo ciudadano válidas por tipo de elección de que se trate de acuerdo con el Artículo 214, fracción II de la Ley Electoral.