El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) dio a conocer que será hasta la próxima semana cuando de a conocer los resultados de la verificación sobre el cumplimiento al principio de paridad de género horizontal y vertical, para el caso de las listas de candidatos a diputados y planillas de ayuntamientos.
No obstante que este sábado 31 de marzo fue el último día para que el secretario ejecutivo realizará la segunda verificación de lo relativo a la paridad de género en las fórmulas de candidatos a Diputados de Mayoría Relativa que presentaron los partidos políticos, el informe deberá presentarse al pleno para su aprobación.
Desde el momento del registro de las fórmulas de legisladores y planillas para ayuntamientos, empezaron a correr diversos plazos para dictaminar las solicitudes de registros y los cuáles consisten en que el secretario ejecutivo requerirá a los partidos políticos para que en un plazo de 72 horas subsanen las omisiones detectadas en la primera verificación sobre el cumplimiento al principio de paridad de género horizontal y vertical en los ayuntamientos, por partido y por coalición.
La Ley Electoral prevé que corran términos legales para que los partidos políticos subsanen en una segunda verificación el principio de paridad de género, a fin de que el 6 de abril de 2018, el CEEPAC resuelva a más tardar sobre los dictámenes de candidatos a diputados de mayoría relativa por partido político con respecto al principio de paridad de género.
El 8 de abril de 2018 concluye el plazo para que los partidos políticos subsanen las omisiones que se detectaron en su solicitud de registro de candidatos para la elección de ayuntamientos y candidatos a diputados por el principio de representación proporcional, en lo relativo al cumplimiento del principio de paridad.
De acuerdo a lo señalado en la Constitución Política del Estado y la Ley Electoral del Estado, quienes presentaron solicitudes de registros deberán cumplir con el requisito de elegibilidad para lo cuál correrán distintos plazos, a fin de que a más tardar el 23 de abril los organismos electorales correspondientes publiquen y difundan oportunamente en los estrados y lugares públicos idóneos, los nombres de los candidatos a diputados e integrantes de los ayuntamientos que hayan sido registrados.