/ jueves 12 de enero de 2023

Restauranteros piden a las autoridades que los dejen trabajar: Canirac

El 15 de enero entra en vigor las modificaciones en el reglamento de la Ley para el Control del Tabaco, presentarán amparos

Restauranteros buscan la manera de evitar afectaciones por las modificaciones hechas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, informó Eduardo Kasis Chevaile, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac) en San Luis Potosí.

El pasado 16 de diciembre se publicó el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco con algunas modificaciones, entre las que se incluye la prohibición de “brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento” en las zonas de fumar.

Así mismo, especifica que las zonas de fumadores deberán estar “físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles; estar ubicadas en un cerco perimetral de al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen”.

Este reglamento entra en vigor el próximo 15 de enero, por lo que desde la Canirac se ha impulsado a los restauranteros para que presenten amparos contra el ordenamiento; al respecto, Kasis Chevaile destacó que en general, la ley no tiene esta prohibición para ofrecer el servicio de alimentos y bebidas en áreas de fumadores, pero el reglamento sí, lo cual calificó como inconstitucional, puesto que “el reglamento no puede estar por encima de la ley”.

Manifestó que los restauranteros sólo piden a las autoridades que les permitan trabajar, pues acusó que prácticamente a diario reciben visitas de inspectores de diferentes dependencias, y pasan más tiempo atendiendo a las autoridades que a los comensales.

Si un restaurante no cumple el reglamento, podrá hacerse acreedor a multas que van de 100 hasta 4 mil salarios mínimos, clausura temporal o definitiva, y arresto hasta por 36 horas. De ahí el llamado de la Canirac para que tramiten sus amparos, lo cual deben hacer antes del 24 de febrero.

Restauranteros buscan la manera de evitar afectaciones por las modificaciones hechas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, informó Eduardo Kasis Chevaile, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac) en San Luis Potosí.

El pasado 16 de diciembre se publicó el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco con algunas modificaciones, entre las que se incluye la prohibición de “brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento” en las zonas de fumar.

Así mismo, especifica que las zonas de fumadores deberán estar “físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles; estar ubicadas en un cerco perimetral de al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen”.

Este reglamento entra en vigor el próximo 15 de enero, por lo que desde la Canirac se ha impulsado a los restauranteros para que presenten amparos contra el ordenamiento; al respecto, Kasis Chevaile destacó que en general, la ley no tiene esta prohibición para ofrecer el servicio de alimentos y bebidas en áreas de fumadores, pero el reglamento sí, lo cual calificó como inconstitucional, puesto que “el reglamento no puede estar por encima de la ley”.

Manifestó que los restauranteros sólo piden a las autoridades que les permitan trabajar, pues acusó que prácticamente a diario reciben visitas de inspectores de diferentes dependencias, y pasan más tiempo atendiendo a las autoridades que a los comensales.

Si un restaurante no cumple el reglamento, podrá hacerse acreedor a multas que van de 100 hasta 4 mil salarios mínimos, clausura temporal o definitiva, y arresto hasta por 36 horas. De ahí el llamado de la Canirac para que tramiten sus amparos, lo cual deben hacer antes del 24 de febrero.

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