/ jueves 10 de septiembre de 2020

Reforman Ley del Sistema Estatal Anticorrupción

Integrantes del Comité de Participación Ciudadana tendrán responsabilidades

La propuesta del diputado Martín Juárez Córdova, fue aprobada en la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, la reforma a los artículos 18 y 29 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, para aclarar la competencia del órgano de control interno encargado de conocer las responsabilidades administrativas de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.

Se indica que con esta modificación, se busca terminar con el problema de interpretación, ante la falta normativa que se ajuste, en los casos en que algún integrante del Comité de Participación Ciudadana incurra en un acto que pueda dar lugar a responsabilidad administrativa, empezando por una laguna jurídica para determinar con claridad cuál es la autoridad investigadora que debe llevar a cabo la substanciación del procedimiento y lo que se decida en cada caso.

Agrega que por ello, las faltas administrativas de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, deben ser conocidas por una autoridad investigadora del órgano de control del Sistema Estatal Anticorrupción al cual pertenece.

Con esta reforma, se indica que “los integrantes del Comité de Participación Ciudadana estarán sujetos al régimen de responsabilidades que determina el artículo 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí; y el artículo 29 de esta ley”.

El diputado Martín Juárez manifestó que se trata de establecer una precisión importante para fortalecer el marco de responsabidades, “es para ser claros y puntuales en este sentido”.

El dictamen correspondiente será turnado al pleno para su votación.

La propuesta del diputado Martín Juárez Córdova, fue aprobada en la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, la reforma a los artículos 18 y 29 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, para aclarar la competencia del órgano de control interno encargado de conocer las responsabilidades administrativas de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.

Se indica que con esta modificación, se busca terminar con el problema de interpretación, ante la falta normativa que se ajuste, en los casos en que algún integrante del Comité de Participación Ciudadana incurra en un acto que pueda dar lugar a responsabilidad administrativa, empezando por una laguna jurídica para determinar con claridad cuál es la autoridad investigadora que debe llevar a cabo la substanciación del procedimiento y lo que se decida en cada caso.

Agrega que por ello, las faltas administrativas de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, deben ser conocidas por una autoridad investigadora del órgano de control del Sistema Estatal Anticorrupción al cual pertenece.

Con esta reforma, se indica que “los integrantes del Comité de Participación Ciudadana estarán sujetos al régimen de responsabilidades que determina el artículo 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí; y el artículo 29 de esta ley”.

El diputado Martín Juárez manifestó que se trata de establecer una precisión importante para fortalecer el marco de responsabidades, “es para ser claros y puntuales en este sentido”.

El dictamen correspondiente será turnado al pleno para su votación.

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