Con la reforma a la regulación del outsourcing en México, se imponen expresamente obligaciones que antes estaban a merced de la interpretación de la ley, lo que ayudará a los trabajadores a exigir sus derechos laborales, indicó el abogado Jorge Chessal Palau.
Este miércoles el Senado de la República aprobó las reformas a la regulación del outsourcing en México; al respecto, Chessal Palau destacó que ya existía una regulación de este esquema laboral, sin embargo la reforma le cierra "ciertas puertas que habían permitido que gente poco escrupulosa se aprovechara de algunos esquemas benéficos del outsourcing y eludieran el cumplimiento de ciertas obligaciones".
LOS CAMBIOS
Indicó que de inicio, la reforma prohíbe el "insourcing", que es la figura que aplican algunas empresas en las que dentro de la misma, se crea otra empresa que les pertenece a los mismos socios, para que les dé servicios, "esta figura va a quedar prohibida, lo que van a poder hacer es contratar prestadores de servicios laborales externos siempre y cuando se trate de cuestiones que no son propias del objeto de la empresa".
Esto se refiere por ejemplo, a que un hotel que tiene como objeto el servicio de hospedaje, no podrá contratar mediante outsourcing a personal para atender la recepción o llevar la administración del hospedaje, pero sí para otras tareas que si bien son indispensables no forman parte de su objeto, como la limpieza.
También señaló que hay dos clases de outsourcing: el "bueno" y el "malo"; en el bueno, los trabajadores están registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Infonavit y cuentan con demás prestaciones de ley, "la diferencia es que no soy su patrón". En el outsourcing malo, los trabajadores no cuentan con prestaciones y son contratados en un esquema de honorarios.
En este sentido, manifestó que la reforma impone obligaciones expresamente a las empresas de outsourcing, que deberán contar con registro obligatorio ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y presentar reportes al IMSS, al Infonavit y al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que los trabajadores tendrán que ser incorporados al régimen legal.
PROTECCIÓN AL TRABAJADOR
El abogado reconoció que esta reforma puede llevar a que empresas que hacen uso del outsourcing "malo" opten por despedir a los trabajadores, sin embargo ellos podrán demandar y exigir que se reconozca su calidad de trabajadores.
Precisó que Ley Federal del Trabajo reconoce la calidad de "trabajador", a aquellas personas que prestan un servicio personal subordinado a cambio de un salario, independientemente del esquema en el que esté contratado, por lo que aquellas personas que lleguen a ser despedidas, pueden demandar que se les reconozca el tiempo que tiempo que prestaron su servicio y demandar por despido injustificado.
Y aunque existe la posibilidad de que una empresa se declare en quiebra al recibir múltiples demandas por despido injustificado, explicó que si bien la ley de concurso mercantil establece que debe convocar a todos sus acreedores para saldar sus adeudos, los primeros en cobrar son los trabajadores, "los trabajadores van antes que nadie".
SANCIONES
Chessal Palau indicó que la reforma también establece sanciones específicas, por ejemplo al simular una contratación de outsourcing se aplicarán sanciones penales; por incumplimiento de las obligaciones que marca la ley se establece una sanción económica que va de los 2 mil a 50 mil UMA's, por ejemplo si utiliza el outsourcing en servicios que son propios de su objeto, en el ejemplo del hotel, sería sancionado si contrata por outsourcing a los trabajadores de recepción.
Si la STPS pretende realizar una inspección y la empresa se opone, se le puede imponer una sanción de 250 a 5 mil UMA's, mientras que las empresas de outsourcing serán sancionadas si no cuentan con registro ante la Secretaría del Trabajo.