/ miércoles 6 de noviembre de 2024

Próximos juristas pueden tener la oportunidad de entender la reforma judicial: docente

Cecilia González menciona que existe una circunstancia en este momento de falta de interpretación

El martes pasado, la Suprema Corte de Justicia de la nación, SCJN, rechazó invalidar la elección popular de jueces, que el gobierno de Claudia Sheinbaum defiende para presuntamente enfrentar la corrupción, pero que afectará la independencia de los magistrados y los dejará a merced de criminales.

Recientemente Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro mexicano, había propuesto invalidar la elección de jueces y magistrados federales mediante voto popular que se trata de uno de los aspectos más polémicos de la reciente reforma al Poder Judicial y que no le agrada a los que trabajan en ese sector.

Pero ahora, se mantiene la elección popular de los jueces, magistrados y ministros de la corte, además de otros aspectos de la reforma judicial, sin ningún cambio a la legislación aprobada en el Congreso y oficializada desde septiembre pasado.

De este tema, habló Cecilia González Gordoa, docente de la Facultad de Derecho Ponciano Arriaga Leija de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, UASLP, quien argumentó que la interpretación en base a la invalidación de la postura de la Corte sobre la Reforma Judicial, comprende distintas interpretaciones desde el punto de vista de los juristas.

Cristian Robledo / El Sol de San Luis

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“En este momento, la postura que tiene el gobierno de México a través de la propuesta de decreto de aprobación de la Reforma donde la Cámara de Diputados invalida en este caso la solicitud de la corte para invalidar la reforma, pues tiene una postura de suma sustancia jurídica, donde habla del artículo 39 constitucional, donde se establece que la máxima soberanía la tiene el pueblo. En este caso, en México ya había existido esta misma interpretación donde los jueces y los magistrados y los miembros de la Corte eran elegidos por el pueblo”.

Menciona que existe una circunstancia en este momento de falta de interpretación “la violación a los derechos humanos se sustentaría en caso de que no fuera establecido el bloque constitucional, los próximos juristas, los próximos abogados, pues pueden tener una nueva oportunidad de entender la reforma desde el punto de vista de la consulta popular, creo que es una transformación estructural desde el punto de vista administrativo que aún en este momento no se pudiera establecer si va a afectar, ya que este pues la reforma del Ejecutivo está sustentada en el artículo 39 de la constitución que habla que la máxima soberanía la tiene el pueblo de México”.

El martes pasado, la Suprema Corte de Justicia de la nación, SCJN, rechazó invalidar la elección popular de jueces, que el gobierno de Claudia Sheinbaum defiende para presuntamente enfrentar la corrupción, pero que afectará la independencia de los magistrados y los dejará a merced de criminales.

Recientemente Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro mexicano, había propuesto invalidar la elección de jueces y magistrados federales mediante voto popular que se trata de uno de los aspectos más polémicos de la reciente reforma al Poder Judicial y que no le agrada a los que trabajan en ese sector.

Pero ahora, se mantiene la elección popular de los jueces, magistrados y ministros de la corte, además de otros aspectos de la reforma judicial, sin ningún cambio a la legislación aprobada en el Congreso y oficializada desde septiembre pasado.

De este tema, habló Cecilia González Gordoa, docente de la Facultad de Derecho Ponciano Arriaga Leija de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, UASLP, quien argumentó que la interpretación en base a la invalidación de la postura de la Corte sobre la Reforma Judicial, comprende distintas interpretaciones desde el punto de vista de los juristas.

Cristian Robledo / El Sol de San Luis

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“En este momento, la postura que tiene el gobierno de México a través de la propuesta de decreto de aprobación de la Reforma donde la Cámara de Diputados invalida en este caso la solicitud de la corte para invalidar la reforma, pues tiene una postura de suma sustancia jurídica, donde habla del artículo 39 constitucional, donde se establece que la máxima soberanía la tiene el pueblo. En este caso, en México ya había existido esta misma interpretación donde los jueces y los magistrados y los miembros de la Corte eran elegidos por el pueblo”.

Menciona que existe una circunstancia en este momento de falta de interpretación “la violación a los derechos humanos se sustentaría en caso de que no fuera establecido el bloque constitucional, los próximos juristas, los próximos abogados, pues pueden tener una nueva oportunidad de entender la reforma desde el punto de vista de la consulta popular, creo que es una transformación estructural desde el punto de vista administrativo que aún en este momento no se pudiera establecer si va a afectar, ya que este pues la reforma del Ejecutivo está sustentada en el artículo 39 de la constitución que habla que la máxima soberanía la tiene el pueblo de México”.

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