En caso de presentarse delitos electorales durante la revocación de mandato, la fiscalía especializada no podría sancionarlos ya que no se le dio competencia dentro de la ley de revocación de mandato, indicó Javier Montalvo Pérez, titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales.
Montalvo Pérez informó que la asociación de fiscales electorales del país trabaja en diversas propuestas para el presentar al Congreso de la Unión dentro de la reforma electoral.
Mencionó que una de las propuestas es elevar las sanciones en diversos delitos que suelen presentarse el día de las votaciones, ya sea por parte de ciudadanos o de servidores públicos, así como en caso de violencia política de género.
Otra propuesta es que los procedimientos de consulta popular y revocación de mandato sean incluidos en la ley general electoral para que se le dé competencia y atribuciones a las fiscalías electorales en dichos ejercicios.
Lo anterior porque explicó, en la ley federal de revocación de mandato expedida en septiembre, los diputados federales "no le metieron mano en materia de delitos electorales", de manera que no le dieron atribuciones ni competencia a las fiscalías electorales para perseguir posibles delitos que se cometan en la jornada.
Mencionó que si por ejemplo, en la jornada que está por realizarse en abril para la revocación de mandato, se denuncia un delito electoral, la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales tendría que declarar incompetencia para conocer el caso, y tendría que turnarlo a la Fiscalía General de la República, que si bien pudiera iniciar algunas diligencias, al final "no los llevaría a ningún lado porque no se encuentra establecido en la ley general".
Señaló que en todo caso, los delitos electorales que se presenten durante la revocación de mandato, tendrán que investigarse bajo otro concepto del Código Penal federal.
Estas propuestas siguen en construcción en la asociación de fiscalías electorales para ser presentadas al Congreso de la Unión.