El Partido Verde y sus aliados en el Congreso del Estado modificarán la Ley de Fiscalización para desaparecer a la Auditoría Superior del Estado (ASE) y en su lugar crear el Instituto de Fiscalización del Estado, que mantendrá su autonomía pero con nuevas reglas de funcionamiento para mejorar a fiscalización de los recursos públicos de 114 entes obligados.
La iniciativa de reforma que será presentada este jueves en la sesión ordinaria, está firmada por los diputados José Luis Fernández Martínez, Eloy Franklin Sarabia, Nadia Esmeralda Ochoa Limón, Roberto Ulises Mendoza Padrón, Edgar Alejandro Anaya Escobedo, Dolores Eliza García Román y Martha Patricia Aradillas Aradillas, del grupo parlamentario del PVEM así como René Oyarvide Ibarra, Cinthia Verónica Segovia Colunga, y Salvador Isaís Rodríguez, del PT.
El Instituto de Fiscalización Superior del Estado tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley. La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de legalidad, imparcialidad, confiabilidad y definitividad.
Se modificarán los artículos 53, 54, 57, 124 BIS, 125 y 135, de la Constitución local, diversas disposiciones de ordenamientos secundarios y se expedirá una nueva Ley de Fiscalización Superior del Estado, para sustituir la denominación de Auditoría Superior del Estado por Instituto de Fiscalización Superior del Estado, para fortalecer el marco de acción que se confiere al Órgano Técnico a nivel constitucional y legal, así como para dotarle de una nueva identidad y asumirse como un factor decisivo que impulse a los poderes del Estado, gobiernos municipales, organismos constitucionales autónomos y demás entidades fiscalizadas a hacer un mejor uso de los recursos a su disposición.
Se reduce el plazo para que las entidades fiscalizadas entreguen la Cuenta Pública al Congreso del Estado, por lo tanto, la fecha límite pasa del 15 de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio, al último día del mes de febrero del año siguiente al de su ejercicio. Por otro lado, se amplía el plazo para que el Instituto de Fiscalización Superior del Estado, concluya la revisión de las cuentas públicas, por ende, la fecha límite pasa del 31 de octubre del año en que hayan sido presentadas al último día del mes de noviembre del año de su presentación.
La persona titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado podrá ser ratificada para su nombramiento por una sola vez para un período inmediato igual de siete años, bajo la misma votación requerida para su nombramiento -dos terceras partes-, conforme al procedimiento que establezca la ley de la materia. Se requiere contar con experiencia al menos de cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades, y cumplir además con los requisitos previstos en la ley.
Asimismo se modifica la fracción VIII, del artículo 323, del Código Penal del Estado, para precisar que comete el delito de ejercicio ilícito de las funciones públicas, no quien omita presentar la Cuenta Pública de una entidad fiscalizada al Congreso del Estado en el plazo establecido por el artículo 53, de la Constitución local, sino quien teniendo la obligación, omita presentarla.
La iniciativa será turnada a la comisión de Vigilancia para su procesamiento y posterior dictamen ante el Pleno.