Presentan "Ley Silla" para burócratas en SLP; ¿en qué consiste?

El diputado Marco Gama propuso esta iniciativa debido a que la recién aprobada "Ley Silla" no tiene alcance para trabajadores al servicio del Estado

Raymundo Rocha / El Sol de San Luis

  · lunes 18 de noviembre de 2024

Nahum Delgado / El Sol de San Luis

Trabajadores y trabajadoras del servicio público no podrán ser obligados a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral ni se les prohibirá tomar asiento periódicamente, establece una iniciativa de reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí.

El diputado de Movimiento Ciudadano Marco Antonio Gama Basarte presentará la iniciativa en la sesión a celebrarse este martes, con el propósito de crear periodos de descanso en la jornada laboral; establecer la obligación de que las instituciones públicas deban de proporcionar sillas con respaldo a las personas trabajadoras y asignar áreas de descanso, en los casos en que las funciones laborales deban de realizarse de pie.

La llamada “Ley Silla” plantea proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras del servicio público, para la ejecución de sus funciones, o bien para los periodos de descanso periódico durante la jornada laboral.

En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.

Plantea establecer en sus reglamentos internos, normas que regulen los periodos obligatorios de reposo, así como el derecho de las personas trabajadoras para usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral, y durante los periodos de descanso, según aplique.

Gama Basarte recordó que en semanas recientes el Poder Legislativo federal aprobó, a propuesta de la senadora Patricia Mercado de Movimiento Ciudadano, una reforma a la Ley Federal del Trabajo, que establece nuevas obligaciones en materia de bienestar laboral para los patrones, de forma que éstos tienen que proporcionar descansos periódicos, así como sillas con respaldo para toda la plantilla de trabajadores y espacios destinados a ese fin.

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Adicionalmente, prohíbe que toda la jornada laboral tenga que llevarse a cabo de pie en su totalidad, implementándose los descansos sentados; además que los Reglamentos, deban de establecer las disposiciones para la cristalización de estas reformas en favor de los trabajadores. En este sentido, vale la pena recalcar que la reforma en comento está contenida en la Ley Federal del Trabajo, misma que regula el artículo 123 Constitucional, con un alcance de tipo general; sim embargo, no abarca a los trabajadores del ámbito público del orden estatal y municipal, por lo que no pueden gozar de estas nuevas disposiciones.

Originalmente, esta es la propuesta legislativa que fue conocida como “Ley Silla" que tuvo su origen en Movimiento Ciudadano, que en su momento fue aprobada solamente en la Cámara de Senadores y no pudo ser aprobada en la Cámara de Diputados. Pero, afortunadamente, más tarde fue retomada por la conformación actual del Poder Legislativo, para ser aprobada con el apoyo de todas las fuerzas políticas.

Contemplando tales antecedentes, “como miembro del Partido Movimiento Ciudadano, propongo una adecuación de la denominada “Ley Silla”, para que tenga alcance sobre los trabajadores del sector público, estatal y municipal de nuestra entidad; de forma que, según la naturaleza del trabajo puedan verse beneficiados al reconocer en el marco jurídico estatal, su derecho a los periodos de descanso y a poder tomar asiento en un espacio especialmente designado, en caso de que las actividades realizadas, requieran estar de pie”.

A través de un artículo Transitorio, se prevé un plazo de seis meses para la implementación y la actualización de los reglamentos internos, de manera que se pueda contar con un término razonable para llevar a cabo los ajustes. Al ser la progresividad de los derechos, un principio constitucional de nuestro país, debe estar presentes transversalmente en el marco legislativo, lo que sin duda incluye también a los trabajadores del sector público, en el orden estatal y municipal, por lo que no pueden quedar excluidos de una reforma encaminada a ampliar su catálogo de derechos.