Entre las nuevas reformas fiscales que se tendrán en México para el ejercicio 2022, la que más preocupa a las empresas son las modificaciones que se tendrán para el traslado de mercancías e hidrocarburos a través de la Carta Porte, pues quien no cuente con este documento será acreedor a sanciones.
Así lo señaló Marcelo de los Santos Anaya, socio director de la firma Marcelo de los Santos y Cía., en su conferencia “Reformas Fiscales 2022” impartida a los miembros del Despacho Contable de Marcelo de los Santos y Cía., S.C., dentro del marco de la reunión anual que llevan a cabo en San Luis Potosí.
Detalló que se van a modificar alrededor de 200 artículos a las diferentes leyes fiscales, como el Código Fiscal, Ley de Impuesto Sobre la Renta, Ley de IVA, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Ley de Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Ley Aduanera, la Ley de Ingresos de la Federación, que prevé una mayor recaudación para 2022, entre otras.
En ese sentido, destacó que, entre lo más trascendente para el próximo año, es que todas las mercancías que sean trasladas por carreteras federales deben tener dentro de su factura un Complemento de Carta Porte, de lo contrario, éstas serán consideradas como contrabando y se sancionará a la empresa o transportista responsable.
Otro aspecto que consideró importante que todos los contribuyentes deben estar muy a la expectativa, es el tema de la facturación electrónica, pues el SAT está previendo una multa para todos aquellos que no hagan complemento de pagos de facturas no pagadas, la cual será de 400 a 600 pesos. Asimismo, los grandes contribuyentes, con más de mil 650 millones de pesos, serán obligados a dictaminar sus estados financieros. Y también habrá sanciones para los contadores públicos que no informen sobre los delitos fiscales o diferencias de impuestos que pueda tener un contribuyente.
Por otro lado, dijo, una modificación considerable que se tendrá es en el nuevo régimen de confianza simplificado para personas físicas, cuyo ingreso sea menor a 3 millones y medio de pesos, y, que no sea socios de una persona moral; y, es que, este régimen va a tener una tasa de interés que va del 1.25 al 2.5 por ciento, para quienes presenten su declaración anual en tiempo y forma, y que no tengan más de tres declaraciones mensuales no presentadas.
No obstante, comentó que también habrá un régimen de confianza para personas morales, en el cual, se va a calcular el impuesto con base al flujo de efectivo y va a ser para aquellas empresas que tengan ingresos menores a 35 millones de pesos. Éste consistirá que, “en lugar de aplicar el costo de lo vendido sobre sus inventarios que vendan, van a poder aplicar la compra de mercancías como deducción”.