Por unanimidad aprueban Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado

Contará con un plazo máximo de 365 días, para instituir las áreas con las que no cuente a su entrada en vigor

Bertha Escalante

  · viernes 10 de agosto de 2018

Foto: Norma Rivera

Con 24 votos a favor, cero abstenciones y cero votos en contra, el Pleno del Congreso del Estado aprobó sesión extraordinaria, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, lo que faculta la transición legal de la Procuraduría General de Justicia del Estado.

Con ello, la Fiscalía adquiere legalmente su autonomía con su propio presupuesto, y con la facultad para nombrar por ley cinco fiscalías más, además de que faculta también al Fiscal Federico Garza Herrera para nombrar las fiscalías que sean necesarias.

Se crearán las Fiscalías en:

- En Materia de Desaparición Forzada de Personas, y Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema de Búsqueda de Personas

- Para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, y Contra Migrantes

- Para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

- Para la Atención de los Pueblos, Comunidades y Personas Indígenas

- Para la Atención de la Mujer, la Familia, Delitos Sexuales y Justicia para Adolescentes

Con la Ley se establece también la regulación de un servicio profesional de carrera; la regulación clara y detallada de un perfil como herramienta fundamental para la identificación del mérito, delineando también el proceso de ascenso, criterios que contribuyen a reafirmar la independencia y autonomía de los fiscales.

La Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, fortalece la autonomía e independencia de los fiscales, así como la separación del conocimiento de los casos, al quedar determinados tanto los procedimientos como los criterios objetivos para la asignación de los casos, que se establecen a la par de la especialización en determinadas materias, así como al fijar la calificación profesional de los fiscales, dentro de la estructura jerárquica de la institución.

Atiende a lo señalado en el Modelo Homologado al considerarse bajo la estructura de la Vicefiscalía, y se aclaró que los convenios y actos jurídicos celebrados por la extinta Procuraduría General de Justicia del Estado, se entenderán como vigentes.

El Fiscal General del Estado, en no más de nueve meses a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley, deberá expedir los reglamentos necesarios para la operatividad y funcionalidad de la Fiscalía, mientras tanto se trabajará bajo lineamientos provisionales para la organización interna, de igual forma contará con un plazo máximo de 365 días, para instituir las áreas con las que no cuente a su entrada en vigor.

Cabe mencionar que a la par de la aprobación de la Ley de la Fiscalía también se reformaron la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí; Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí y el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.