Los ayuntamientos que opten por la imposición de sanciones a quienes no utilicen cubrebocas, deberán incluirlo en su catálogo de impuestos, indicó Gerardo Aldaco Ortega, titular de la Coordinación Estatal para el Fortalecimiento Institucional de los Municipios (CEFIM).
Luego de que los municipios de Matehuala y Ciudad Valles aprobaron la imposición de multas a quienes no porten cubrebocas en la vía pública, el titular de la CEFIM calificó esta acción como viable para los 58 ayuntamientos del estado, aunque precisó que se debe seguir un procedimiento y pasar por Cabildo para incorporarlas al Bando Policía y Buen Gobierno.
Sugirió que las sanciones pueden ir desde una amonestación verbal, hasta multas en UMAS, y que en caso de reincidencia se puede considerar el trabajo comunitario para aquellas personas que en más de una ocasión sean sorprendidas haciendo caso omiso a la disposición.
Manifestó que también es importante que los ayuntamientos que apliquen esta medida, la acompañen de campañas de prevención y concientización hacia la ciudadanía respecto a los beneficios del uso de cubrebocas, y que incluso se contemple la dotación gratuita de cubrebocas para los sectores vulnerables.
Aldaco Ortega indicó que la CEFIM trabajará con los ayuntamientos para orientarlos respecto al procedimiento que deben seguir para imponer la obligatoriedad del uso de cubrebocas y que esto cuente con fundamento legal, pues mencionó que por ejemplo, tienen que incluirlo en el catálogo de impuestos para que las multas puedan ser cobrables este mismo año, o incluirlo en su Ley de Ingresos para 2021.