No hay excusas para incumplir con el pago de utilidades: STPS

Corresponde al ejercicio fiscal del año pasado, las empresas tuvieron que presentar ya en la carátula el monto de utilidades que deberán estar pagando: Manuel Lozano Nieto

Daniela Aranda | El Sol de San Luis

  · lunes 27 de abril de 2020

Daniel Esquivel | El Sol de San Luis

No hay pretexto para que las micros, pequeñas, medianas o grandes empresas que reportaron utilidades no hagan el pago de esta prestación a sus trabajadores en el mes de mayo, pues las ganancias que lograron generar pertenecen al ejercicio fiscal del año pasado, por lo que es obligatorio que se hagan el pago puntual de éstas.

Así lo manifestó el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Manuel Lozano Nieto, quien indicó que una vez pasada la fecha límite del reparto de utilidades, que es el último día de mayo, la dependencia revisará que se haya cumplido de manera oportuna con esta prestación.

Explicó que a estas alturas las personas morales debieron haber ya presentado sus declaraciones anuales, y en las carátulas se debe señalar el monto que obtuvieron en el ejercicio anterior, por lo que tienen que cumplir con el pago forzosamente.

“No hay pretexto para no cumplir con esta prestación porque corresponde al ejercicio fiscal del año pasado, tuvieron que presentar ya en la carátula el monto de utilidades que deberán estar pagando. Lo que sí no podemos exigir es el pago adelantado, antes de la fecha límite, aunque sabemos que hay empresas que están teniendo la consideración de pagar de forma adelantada, teniendo en cuenta que los trabajadores requieren hoy más que nunca un apoyo económico”, expresó.

Comentó, que no importa el tamaño de la empresa, si ésta reporta que obtuvo ganancias ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá realizar la entrega de utilidades. No obstante destacó que comparado con otros años las quejas que más se presentan, por el incumplimiento de esta prestación, vienen mayormente de trabajadores de la industria manufacturera, a diferencia de mipymes de otros sectores que se caracterizan por cubrir el pago en tiempo y forma.

Finalmente, recordó que por ley las empresas que están exentas de entregar utilidades son aquellas de reciente creación, y que tienen un año o menos operando, sin embargo hay algunas que aunque no generan utilidades suelen entregar bonos de compensación o productividad a sus trabajadores.