La Fiscalía Especializada en Atención a la Mujer, hasta el momento no cuenta con denuncias por ataques de ácido a mujeres, así como ha ocurtrido en otros estados de la república mexicana, sin embargo el hecho violento que se vivió hace meses, deja de manifiesto que es urgente reformar el Código Penal de San Luis Potosí, consideró Fátima Alvizo, abogada de Educación y Ciudadanía A.C, EDUCIAC.
Para ella, se requiere de sumar penas ejemplares, además de modificar los marcos legales y generar campañas de prevención, para poder prevenir este delito y que aquél que desee cometerlo, lo piense dos veces antes de hacerlo.
No existe un tipo penal o una especificación sobre estos ataques en el código "sería positivo incorporar en el apartado de lesiones calificadas, poniendo una pena superior a las que ya existen".
El Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en el apartado de Lesiones en su Artículo 137se dice que "las lesiones que no pongan en peligro la vida del ofendido pero dejen consecuencia, se sancionarán de la manera siguiente: cuando dejen al ofendido una cicatriz notable y permanente en la cara o en uno o ambos pabellones auriculares, se impondrá una pena de uno a cuatro años de prisión y sanción pecuniaria de cien a cuatrocientos días del valor la unidad de medida y actualización".
Sin embargo, no existe una especificación de reparación del daño y las sanciones son casi nulas, es por eso que urge una transformación integral en materia de derechos humanos para las mujeres “le falta perspectiva de género de forma urgente, más cuando se está en un estado con Alerta de Violencia de Género, con un nivel muy alto de violencia en espacios públicos y con un nivel muy bajo con agresores que llegan a tocar una sentencia fija o una celda”.