/ viernes 21 de junio de 2024

Marcelino Rivera fue electo diputado local... pero está inhabilitado por 20 años

Marcelino Rivera fue inhabilitado de ocupar cargos públicos tras una auditoría realizada al municipio de San Martín Chalchicuautla, del que fue alcalde de 2012 a 2015

El Instituto de Fiscalización Superior del Estado inhabilitó por 20 años a Marcelino Rivera Hernández, quien ejerció el cargo de presidente municipal de San Martín Chalchicuautla y por lo tanto, podría no asumir el cargo de diputado local y su suplente Enrique Gerardo Ortíz Hernández, asumirá la posición en la LXIV Legislatura.

El diputado electo del Partido Acción Nacional ocupa la segunda posición en la lista de diputados plurinominales y resultó electo en la pasada elección del 2 de junio. Ya presentó un recurso de inconformidad ante las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

La inhabilitación le fue notificada el 24 de mayo del 2024, y aún así participó en el proceso electoral y fue declarado ganador.

Según consta en el dictamen con oficio número IFSE-AEAJ-CS-2100/2024, del IFSE, notificado a la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, el órgano establece los términos de la inhabilitación por 20 años, además se le aplica una multa de 779,075 pesos con independencia de otros procesos que pudieran quedar abiertos, relacionados con las irregularidades en el ejercicio de sus funciones.

En el caso del proceso de inhabilitación, no se le permite ejercer cargos públicos tanto de elección popular como de designación hasta en tanto cumpla la inhabilitación.

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El proceso se deriva de una auditoría aplicada a la alcaldía que Marcelino Rivera presidió bajo las siglas del PAN en San Martín Chalchicuautla en el periodo 2012-2015.

El proceso consiste en la inhabilitación por un tiempo de 20 años para desempeñar empleos, cargos o comisión de servicio público, según lo ordenan los artículos 79 y 80 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

El dictamen precisa que la sanción se deriva de la gravedad y cuantía de las conductas detectadas y de las que no consiguió solventar a lo largo de la etapa en la que se le aplicó el proceso en su contra.

En el documento aparece la firma de recibido del propio Marcelino Rivera, notificado por Raúl Marín Bravo Montes. El procedimiento se hace constar en documentos relacionados con el resolutivo firmados por el propio Rodrigo Joaquín Lecourtois López, titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado.

El Instituto de Fiscalización Superior del Estado inhabilitó por 20 años a Marcelino Rivera Hernández, quien ejerció el cargo de presidente municipal de San Martín Chalchicuautla y por lo tanto, podría no asumir el cargo de diputado local y su suplente Enrique Gerardo Ortíz Hernández, asumirá la posición en la LXIV Legislatura.

El diputado electo del Partido Acción Nacional ocupa la segunda posición en la lista de diputados plurinominales y resultó electo en la pasada elección del 2 de junio. Ya presentó un recurso de inconformidad ante las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

La inhabilitación le fue notificada el 24 de mayo del 2024, y aún así participó en el proceso electoral y fue declarado ganador.

Según consta en el dictamen con oficio número IFSE-AEAJ-CS-2100/2024, del IFSE, notificado a la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, el órgano establece los términos de la inhabilitación por 20 años, además se le aplica una multa de 779,075 pesos con independencia de otros procesos que pudieran quedar abiertos, relacionados con las irregularidades en el ejercicio de sus funciones.

En el caso del proceso de inhabilitación, no se le permite ejercer cargos públicos tanto de elección popular como de designación hasta en tanto cumpla la inhabilitación.

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El proceso se deriva de una auditoría aplicada a la alcaldía que Marcelino Rivera presidió bajo las siglas del PAN en San Martín Chalchicuautla en el periodo 2012-2015.

El proceso consiste en la inhabilitación por un tiempo de 20 años para desempeñar empleos, cargos o comisión de servicio público, según lo ordenan los artículos 79 y 80 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

El dictamen precisa que la sanción se deriva de la gravedad y cuantía de las conductas detectadas y de las que no consiguió solventar a lo largo de la etapa en la que se le aplicó el proceso en su contra.

En el documento aparece la firma de recibido del propio Marcelino Rivera, notificado por Raúl Marín Bravo Montes. El procedimiento se hace constar en documentos relacionados con el resolutivo firmados por el propio Rodrigo Joaquín Lecourtois López, titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado.

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