Jueces tendrán haber de retiro, como los magistrados

Al cumplir 73 años de edad o los años de servicio estipulados en la Ley, deben dejar el cargo pero no pueden ocupar otro ni ejercer la profesión de abogado

Raymundo Rocha | El Sol de San Luis

  · martes 21 de junio de 2022

Cristian Robledo | El Sol de San Luis

Para dar certeza a los jueces del Poder Judicial del Estado, se aprobó por unanimidad en la Comisión de Puntos Constitucionales, una reforma a la Ley Orgánica de ese Poder, a fin de que se les pueda otorgar un haber retiro, equivalente a su último salario, por un año, tal como ocurre con los magistrados, ya que al cumplir 73 años de edad o los años de servicio estipulados en la Ley, deben dejar el cargo pero no pueden ocupar otro ni ejercer la profesión de abogado durante los 12 meses siguientes.

De esta manera, los jueces se han estado amparando para recibir el haber de retiro como lo hacen los magistrados, ya que las condiciones que viven al dejar el cargo en materia de ingresos son las mismas que los magistrados; se pidió una opinión al Poder Judicial sobre el tema presupuestal y la respuesta fue que hay recursos suficientes para cubrir esta condición, por lo que el dictamen se aprobó por unanimidad.

Las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron por unanimidad el dictamen recaído en la iniciativa del diputado José Luis Fernández Martínez, mediante la que plantea reformar el artículo 86 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para que las y los diputados puedan integrar hasta seis comisiones de dictamen, informó el diputado Edmundo Torrescano Medina.

En la actualidad solamente pueden integrar cuatro comisiones, sin embargo, debido a que recientemente se crearon más comisiones y comités, es necesario reformar la Ley Orgánica para que ampliar la participación en ellas y se pueda agilizar el trabajo que se les turne; el dictamen fue aprobado por unanimidad y será puesto a consideración del Pleno para su votación.

En la sesión de trabajo de la comisión, se desahogó una iniciativa de reforma constitucional para que se especifique que, cuando el Fiscal General del Estado renuncie a su encargo por causa justificada, será el Congreso del Estado en Pleno, quien califique la renuncia y dará vista al titular del Poder Ejecutivo del Estado, a fin de que envíe la terna correspondiente.

La persona que sea elegida como Fiscal, terminará el periodo para el que fue designado quien renunció al cargo; estas especificaciones no se establecen actualmente en el marco legal.

En asuntos generales, se informó que a la Comisión de Puntos Constitucionales se han turnado 93 asuntos, de los cuales 48 están sujetos a la Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas y personas con discapacidad, seis se encuentran siendo dictaminados en otras comisiones y hay otros que están siendo consultados en otras instancias.