/ lunes 4 de octubre de 2021

Jueces deben adecuar la disposición de SCJN, en el caso del aborto

Ellos son los que quedan facultados para inaplicar o dejar de aplicar las disposiciones existentes

El Congreso del Estado contaría con varias vías para adecuar la disposición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la despenalización del aborto, con independencia de la facultad que esa disposición otorga a los jueces para inaplicar las disposiciones existentes al respecto.

Al explicar lo anterior el licenciado Gilberto Rangel Grande detalló que la despenalización del aborto es una situación donde norma un criterio, más sin embargo existen las constituciones de cada estado y sus regímenes internos de leyes y soberanía, por lo que en ese sentido los jueces son los que quedan facultados para inaplicar o dejar de aplicar las disposiciones existentes.

“Legislativamente hablando puede haber varios procedimientos, uno que el propio Poder Judicial del Estado al ver esa situación, solicite al Congreso la adecuación a la leyes respectivas en este caso al Código Penal, tema que se vería en comisiones”.

Añadió que lo propio y correcto sería que sea el propio Congreso o Poder Judicial que dieran inicio a ese proceso, y no un ente distinto, reitero que cada estado en escencia tiene las vías y la facultad para adecuar la disposición de la SCJN.

Sobre la continuidad de las protestas pese a la disposición de la máxima autoridad, Rangel Grande considero que básicamente son por desconocimiento de la ley, “uno de los principios generales en la aplicación del derecho es que la ley es de aplicación para toda persona, y el desconocimiento de la misma no nos exime del deber de cumplirla, de lo contrario seremos sujetos a las consecuencias, entonces las protestas son más que nada porque nadie queda muy en paz, cuando hay una norma como tal que es impositiva como esta, la obligación nunca le cae bien a mucha gente o nunca quedan todos conformes”.

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El Congreso del Estado contaría con varias vías para adecuar la disposición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la despenalización del aborto, con independencia de la facultad que esa disposición otorga a los jueces para inaplicar las disposiciones existentes al respecto.

Al explicar lo anterior el licenciado Gilberto Rangel Grande detalló que la despenalización del aborto es una situación donde norma un criterio, más sin embargo existen las constituciones de cada estado y sus regímenes internos de leyes y soberanía, por lo que en ese sentido los jueces son los que quedan facultados para inaplicar o dejar de aplicar las disposiciones existentes.

“Legislativamente hablando puede haber varios procedimientos, uno que el propio Poder Judicial del Estado al ver esa situación, solicite al Congreso la adecuación a la leyes respectivas en este caso al Código Penal, tema que se vería en comisiones”.

Añadió que lo propio y correcto sería que sea el propio Congreso o Poder Judicial que dieran inicio a ese proceso, y no un ente distinto, reitero que cada estado en escencia tiene las vías y la facultad para adecuar la disposición de la SCJN.

Sobre la continuidad de las protestas pese a la disposición de la máxima autoridad, Rangel Grande considero que básicamente son por desconocimiento de la ley, “uno de los principios generales en la aplicación del derecho es que la ley es de aplicación para toda persona, y el desconocimiento de la misma no nos exime del deber de cumplirla, de lo contrario seremos sujetos a las consecuencias, entonces las protestas son más que nada porque nadie queda muy en paz, cuando hay una norma como tal que es impositiva como esta, la obligación nunca le cae bien a mucha gente o nunca quedan todos conformes”.

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