Infonavit ha recibido cerca de 500 solicitudes de autoseguro por defunción este año

Los créditos se encuentran cubiertos por este seguro, que abarca incapacidad permanente y la muerte, y libera a los trabajadores o sus beneficiarios de las obligaciones ante el instituto

Daniela Aranda | El Sol de San Luis

  · viernes 17 de septiembre de 2021

Cristian Robledo | El Sol de San Luis

En lo que va de este 2021, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) ha recibido 470 solicitudes de “autoseguro por defunción”, mientras que en 2020 fueron 425, algunos ya fueron liberados y otros siguen en proceso.

Informó lo anterior el delegado local del Infonavit, Martín Dorantes Peña, quien señaló que todos los créditos hipotecarios cuentan con este seguro, el cual puede ser solicitado por un heredero o beneficiario cuando el titular del financiamiento lamentablemente fallece, y con ello queda liberada la hipoteca.

“Los créditos que el Infonavit otorga a los trabajadores se encuentran cubiertos por este seguro, que abarca incapacidad permanente y la muerte, y libera a los trabajadores o sus beneficiarios de las obligaciones ante el instituto, derivado de estos créditos”, expresó.

Explicó que para solicitar este seguro, es necesario que el beneficiario presente en original y copia los siguientes documentos: acta de defunción del titular, acta de nacimiento del solicitante, identificación oficial vigente (INE, cédula profesional, pasaporte) tanto del solicitante como del acreditado, y si el deceso ocurrió en el extranjero es necesario el acta de defunción debidamente apostillada.

El Infonavit cuenta con tres canales para solicitar la liberación de la hipoteca, el más recomendable en esta época de pandemia es el Infonatel 800 008 3900 para levantar un caso o una cita para acudir al centro de atención del Infonavit; después el solicitante debe ingresar al portal del Instituto e ingresar el número de caso que se le otorgue y el número de seguridad social del acreditado, para adjuntar la documentación que se solicite.

“Cabe aclarar que el trámite con nosotros sólo es para liberar la hipoteca, no es para ceder la posesión legal del inmueble, las personas tienen que hacer los trámites judiciales requeridos a parte con un notario, para que se cierre el ciclo de juicio sucesorio testamentario o intestamentario”, añadió.