Hay nuevo plazo para pagar refrendo de licencias comerciales en SLP; ¿cuáles son los requisitos?

La Dirección de Comercio extendió el plazo para que comerciantes y prestadores de servicios renueven sus licencias de funcionamiento

Miguel Ángel Mora / El Sol de San Luis

  · jueves 2 de mayo de 2024

Ricardo Solache / El Sol de San Luis

Una nueva oportunidad de dos semanas más ofreció la Dirección de Comercio del Ayuntamiento capitalino, para que comerciantes y prestadores de servicio realicen el refrendo de sus licencias de funcionamiento sin multas ni recargos.

Esta es la segunda vez en el año que la dependencia municipal amplía el beneficio; es durante los tres primeros meses que el trámite es posible para no caer en mora; sin embargo, se decidió ampliar el beneficio hasta el último día de abril; este jueves, luego que se advirtió que no habría un plazo más, se anunció que la fecha se recorrió hasta el 15 de mayo.

Se dio a conocer que el refrendo de licencia de funcionamiento es un trámite obligatorio para todos los comerciantes y prestadores de servicios, y es esencial para garantizar el cumplimiento de normativas y contribuir al desarrollo ordenado de tales actividades.

Asimismo, se insistió en realizar los trámites en línea o presenciales directamente en las instalaciones de la dependencia, en la Unidad Administrativa Municipal, y no recurrir a terceras personas o a los llamados gestores.

El trámite en línea, sin embargo, está limitado para aquellos negocios de giros A, B o C (venta de abarrotes con venta de cerveza), y solamente es necesario el número de licencia física y el de la licencia comercial alfanumérica, se dijo.

Entre los dictámenes que se solicitan para el refrendo de licencia de funcionamiento están la licencia de uso de suelo, que emite la dirección de Desarrollo Urbano; el dictamen interno de protección civil y de medidas de seguridad que emite la Dirección de Protección Civil Municipal.

Así también, el dictamen que emite la Dirección de Gestión Ecológica y Manejo de Residuos, dictamen de factibilidad vial que emite la Dirección General de Policía Vial y Movilidad, así como dictamen de seguridad en riesgo e infraestructura contra incendio que emite la Dirección de Bomberos Metropolitanos y la visita de Opinión Técnica que emite el área de inspección de la Dirección de Comercio municipal.