El diputado Martín Juárez presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí para actualizar este marco normativo en la parte relativa a la declaración de situación patrimonial.
Mediante esta reforma, se busca redireccionar que todo lo referente a la declaración de la situación patrimonial, se observara lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí.
En su exposición de motivos, el diputado señala que el 31 de mayo de 2017, fue aprobada y promulgada la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí, que forma parte del andamiaje jurídico que integra el Sistema Estatal Anticorrupción, que en resumen delimita los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos, destacando la obligatoriedad de la presentación de las declaraciones de situación patrimonial, fiscal, y de conflicto de intereses, mandatando la publicidad de las mismas.
Explica que esta legislación actualizó con vigor y firmeza las disposiciones orientadas a transparentar las declaraciones de situación patrimonial al inicio y conclusión de un periodo, de los servidores públicos; su entrada en vigor dejó sin efecto las disposiciones relativas al tema en la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, que establece dentro del Titulo Decimo denominado “De los Servidores Públicos Municipales”, en el Capítulo II: “De la Declaración de Situación Patrimonial”, específicamente en los artículos 163, 164, 165, 166 y 167, todo un apartado direccionado a regir lo referente a la declaración de situación patrimonial de los servidores públicos municipales, situación que actualmente queda desfasada y resulta inaplicable, por lo que es necesario, reformar y derogar respectivamente las disposiciones aludidas, en razón de que se encuentran previstas en un ordenamiento diseñado específicamente para cumplir con tal objetivo, que es la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí.
“Esta nueva legislación, señala con claridad en los numerales 32, 33 y 35 todo lo referente a la declaración de situación patrimonial, por lo que en suma, resultan inaplicables las disposiciones que se encuentren previstas en el ordenamiento objeto de la modificación que nos ocupa y que se refieren a las responsabilidades de los servidores públicos”, manifiesta.
La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Puntos Constitucionales; Vigilancia; y Transparencia y Acceso a la Información Pública.