Función de policías auxiliares quedará establecida por ley

A finales de agosto se conocerá el censo de las empresas que pudieron obtener su registro como prestadores de servicios especializados de Seguridad Privada

Emanuel Landeros | El Sol de San Luis

  · lunes 26 de julio de 2021

Norma Rivera | El Sol de San Luis

La facultad otorgada al Congreso de la Unión para elaborar la Ley General de Seguridad Privada, dará a los trabajadores las prestaciones de Ley, así como una certeza laboral que les permita trabajar de manera adecuada.

Para el presidente del Consejo Nacional de Seguridad Privada de México, Raúl Sapién Santos, estas facultades son de celebrarse.

Detalló que la Ley incluirá entre sus principales ejes un marco regulatorio “para que los prestadores de servicios de seguridad privada queden debidamente registrados, se precisará también la función de las policías auxiliares y complementarias de los estados”.

A finales de agosto, adelantó, se conocerá el censo de las empresas a nivel nacional que pudieron obtener su registro como prestadores de servicios especializados en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Esto quiere decir que las empresas registradas estarán inscritas ante el SAT, ante los gobiernos municipales, estatales y federales, así como a las instancias patronales como el IMSS para ofrecer a sus empleados las prestaciones de ley y darles seguridad para trabajar de manera adecuada”, detalló.

Para contar con el registro de carácter único a nivel nacional, no solo deberán contar con un permiso federal o estatal para operar, sino que deben comprobar que han cumplido con el pago de impuestos y de cuotas obrero patronales ante el IMSS, concluyó.

En este sentido, Sapién Santos celebró que recientemente se haya facultado al Congreso de la Unión para elaborar la Ley General de Seguridad Privada, la cual incluirá entre sus principales ejes, un marco regulatorio para que los prestadores de servicios de seguridad privada queden debidamente registrados y se precisará la función de las policías auxiliares y complementarias de los estados.