42 años y 6 meses es la condena que le dictaron a Brayan N, feminicida de la maestra Mitzi N, a quien asesinó el pasado 19 de agosto de 2019 en la colonia Las Piedras de esta capital potosina.
Hace apenas unas horas se dio a conocer el fallo de este caso que simbró a los potosinos, porque se supo que Brayan N, violó y asesinó a Mitzi y además pretendía cobrar un seguro de vida por más de un millón de pesos. El delito que se le imputó fue feminicidio.
El juicio oral inició el 14 de enero de 2023, y apenas hace unas horas, terminó con un fallo condenatorio. Tras la deliberación después de 5 horas de reflexión aislada, continua y secreta, el Tribunal expuso ante las partes que no se actualizó el delito de violación, pues se absorbió en el delito de feminicidio, por razón de la violencia sexual infringida a la víctima.
Se logró establecer la preexistencia de la vida de la víctima. La supresión de la vida se acreditó y también que la mató por las alteraciones tisulares, fractura luxación cervical por desnucamiento así como asfixia por sofocación.
Las razones de género están simbradas en el artículo 135, fracciones I, II, III, IV y VII, todas del Código Penal para el Estado de San Luis Potosí
- Fracción I: sí se comprobó, por la relación afectiva entre el sentenciado y la víctima;
- Fracción II: sí se comprobó, porque se hallaron indicios de violencia sexual en la víctima;
- Fracción III: sí se comprobó, porque se causaron lesiones a la víctima que le provocaron sufrimiento;
- Fracción IV: no se comprobó, porque no se comprobó la existencia de violencia económica;
- Fracción VII: sí se comprobó, porque el cuerpo de la víctima quedó expuesto en la vía pública.
También se acreditó el dolo, la intención de privar de la vida a la mujer, por el simple hecho de serlo. Se demostró la responsabilidad de Brayan N, mas allá de toda duda razonable, al demostrarse los hechos, materia de acusación, así como su intervención en éstos.
Se desestimaron todos los argumentos defensivos, pues no estaban respaldados con ningún sustento legal. También se indicó que había duda razonable que beneficiara al sentenciado. Así, se dictó el fallo condenatorio contra Brayan N.