Para sancionar el encubrimiento en casos de feminicidio, el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal por lo que no será aplicable la excluyente de responsabilidad en caso de cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes o descendientes consanguíneos del delincuente o colaterales hasta en segundo grado.
La iniciativa fue impulsada por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas quien consideró que cualquier conducta aleatoria o consecuencia de la comisión de la violencia contra las niñas y las mujeres, debe sancionarse adecuadamente.
La reforma aprobada adiciona el párrafo al artículo 283 del Código Penal del Estado, bajo el argumento de que poner fin a la violencia contra las mujeres es prioritario, no sólo porque atenta contra su sano desarrollo y representa una grave violación a sus derechos humanos, sino porque además, limita la construcción de una sociedad pacífica, incluyente y justa.
Con esta reforma, se busca que no queden sin castigo las personas que, siendo parientes del feminicida opten por el encubrimiento como ocurre en muchas ocasiones, ya que se les aplicaba la excluyente de responsabilidad precisamente por esa condición.
Informes establecen que 14 de los 25 países con mayores tasas de feminicidio en el mundo se encuentran en América Latina, y la proporción más alta ocurre entre las edades de 15 a 39 años.
En algunos países, las adolescentes tienen altas tasas de feminicidio, pero las respuestas nacionales tienden a centrarse en las mujeres como una población no específica por edad.
La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas dijo que con este tipo de reformas, el Congreso del Estado mantiene su compromiso de velar por el bienestar e integridad de todas las personas, especialmente de las mujeres y niñas.