Extinción de la CEGAIP, violatoria de DDHH: comisionado presidente

Implicará un retroceso en materia de transparencia y traerá consecuencias graves en cuanto a lo más importante que es su tutela en favor de las y los ciudadanos

Raymundo Rocha / El Sol de San Luis

  · jueves 5 de septiembre de 2024

Juana María Olivo / El Sol de San Luis

Es necesario que haya un dialogo abierto con la próxima Legislatura a quien corresponderá la implementación de la reforma constitucional que extinguiría organismos autónomos, de modo que las y los propios ciudadanos sean a quienes se privilegie, buscando un nuevo modelo que efectivamente garantice de manera autónoma e independiente, el derecho a la información pública y la protección de datos personales.

La inminente reforma para extinguir el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI) implicará un retroceso en materia de transparencia y traerá consecuencias graves en cuanto a lo más importante que es su tutela en favor de las y los ciudadanos, dijo el comisionado presidente de la Comisión Estatal de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) José Gerardo Navarro Alviso.

Se debe proteger la rendición de cuentas, el gobierno abierto, la práctica de la democracia y hasta de manera económica nacional e internacional por los tratados comerciales de los que el Estado Mexicano es parte, donde la tutela de estos derechos juega un papel preponderante.

Expuso que el pasado 23 de agosto, se aprobó en la comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la propuesta de reforma constitucional presentada por el ejecutivo federal, a través de la cual se pretende desaparecer 7 órganos autónomos en México.

Propuesta que fue presentada en un paquete legislativo en el mes de febrero de este mismo año, como parte de las prerrogativas del Presidente de la República.

Uno de esos órganos autónomos es el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI), que garantiza dos derechos humanos consagrados en el artículo 6° del pacto federal, el del acceso a la información pública y el de la protección de los datos personales; los cuales se vinculan con la rendición de cuentas y el gobierno abierto, obligaciones de las autoridades pertenecientes al estado mexicano, concebido éste en su ámbito general como todas las autoridades integrantes de los poderes de la unión y los diversos niveles de gobierno, lo cual para el marco conceptual en materia de transparencia los constituye como sujetos obligados.

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Señaló Navarro Alviso que al ser una reforma al pacto federal, constriñe a su implementación de manera general de acuerdo al marco de regularidad constitucional, máxime que, dentro de la propia propuesta de reforma ya aprobada en comisiones, desaparece no sólo al órgano garante nacional, sino que también de manera nominativa a los órganos garantes locales, dentro de ellos, a la Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí (CEGAIP).

“La existencia de los órganos garantes a nivel federal y de manera local, es producto de la exigencia ciudadana para hacer patente el derecho humano a la información pública, el cual tuvo su origen en el derecho a saber y el de imprenta, ejercidos, de manera primigenia por periodistas y escritores. En México, su patente radica primordialmente al grupo Oaxaca, que lo hizo evidente, a través de una exigencia ciudadana de posicionar en la agenda pública la protección del derecho humano a la información pública, en su vertiente de acceso”.

Puntualizó el comisionado presidente de la CEGAIP que “aunque de manera local, muchos ciudadanos fueron quienes exigían que el derecho a la información pública y la rendición de cuentas, fuese un derecho reconocido por el Estado, de modo que permitiera su ejercicio sin voluntades políticas a modo, por parte de los entes poseedores de la información, y que la rectoría del estado en materia de datos inherentes a las personas, fuese protegido ante el desmedido mal uso en múltiples prácticas”.

“La preocupación a esta importante reforma constitucional, radica en que, si bien, la tutela del derecho sigue conservándose en la Constitución Federal y la propia local, lo cierto es que la garantía vuelve a la rectoría de los sujetos obligados, posesionarios originarios de la información, lo cual en gran medida, no privilegia hacer factible el acceso a dicha información por parte de los ciudadanos, pues aunque deposita en la secretaria de la función pública federal, en su equivalente en los estados, y en los órganos de control interno del legislativo y el judicial, y del resto de los órganos autónomos, lo cual resulta no ser clara, por ahora, con respecto a todos aquellos sujetos obligados que se encuentran fuera de la esfera señalada”.

“Su instrumentación en la Ley General y en las propias que habrán de surgir o ser modificadas en las entidades federativas, tendrá un arduo trabajo para moldear un nuevo sistema en materia de acceso de información pública y de protección de datos, que con la desaparición de los órganos garantes especializados de manera sustantiva y administrativa, se vislumbra una nula garantía de protección de estos importantes derechos humanos”.

Dijo que “el impacto no sólo radica en la esfera personal de las y los ciudadanos, pues va más allá, dado que su garantía, encuentra su justificación además de nuestra carta magna, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, lo cual genera una vinculación local, nacional e internacional, en cuanto al cumplimiento y observancia; de aprobarse dicha reforma, se violan los principios básicos de los derechos humanos, que exigen su universalidad, interdependencia, indivisibilidad, pero sobre todo, de progresividad, ya que de haber avanzado la tutela de estos importantes derechos humanos: a la información y protección de datos”.