El Congreso del Estado llevará a cabo este viernes 26, el Parlamento de las Niñas y los Niños, Año 2024, en el Salón de sesiones “Ponciano Arriaga Leija”.
Este ejercicio se llevará a cabo, a través de su Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en conjunto y coordinación con la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, el Sistema Educativo Estatal Regular y la Dirección de Educación Municipal de la Capital.
El objetivo fundamental para la celebración del Parlamento de las Niñas y los Niños 2024 es fomentar en la niñez potosina de toda la Entidad, el derecho a la participación política y ciudadana; para crear conciencia y responsabilidad solidaria ante los problemas que aquejan a la sociedad potosina y mediante su intervención ante la tribuna legislativa propongan alternativas y soluciones.
Con la realización de este evento, se tendrá un contacto directo con las niñas y los niños potosinos, se escucharán sus necesidades, propuestas y sugerencias legislativas, mismas que vienen acrecentar y enriquecer el quehacer parlamentario y legislativo en el Congreso del Estado puesto que con niñas y niños informados y críticos de su entorno, se aspira a una mejor vida y desarrollo para la Entidad y el país.
La participación e intervención que tengan en tribuna las y los niños que conforman el parlamento, permitirá fortalecer el desarrollo educativo y formativo de los mismos, con la esperanza que en un futuro contemos con hombres y mujeres de bien, para que sean parte de nuevas generaciones que vengan aportar al desarrollo y crecimiento de la entidad.
Asimismo se aprobó por unanimidad, el Decreto que deroga las fracciones III y IV del artículo 1162 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, para eliminar del listado respecto a la incapacidad para heredar por testamento o intestado, las situaciones que aluden a adulterio, luego que dejó de tipificarse como delito al adulterio, por lo que resulta inaplicables las disposiciones contenidas en las vigentes fracciones que se derogan.
Se realizó la Cómputo de votos y declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de las Minutas: que reforma el artículo 12 en sus párrafos, octavo, y actual noveno; y adiciona al mismo artículo 12 un párrafo éste como noveno, por lo que actuales noveno y décimo, pasan a ser párrafos, décimo, y décimo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, que establece al agua potable como un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable, e imprescriptible; cuyo aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico; y que las autoridades están obligadas a proveerla para el uso personal y doméstico, debiendo garantizar la suficiencia para evitar el hambre y las enfermedades.
También de la Minuta que reforma el párrafo primero y la fracción II del artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para garantizar el acceso a la justicia; y al ejercicio de los derechos de la ciudadanía.