El Congreso del Estado reformará la Ley de Tránsito para obligar a que los usuarios de estacionamientos públicos y privados, sean remunerados por cualquier daño que sufra su vehículo mientras hace uso del espacio.
La reforma al artículo 54 establece que “queda prohibido permitir la entrada a un número mayor de vehículos, al límite establecido por la autoridad correspondiente. Si para el acceso al estacionamiento, ya sea público o privado, se exige alguna retribución al usuario, debe formular declaración expresa de hacerse responsable de los daños que sufran los vehículos estacionados en depósito.
Para este efecto deberán contar obligatoriamente con las garantías necesarias y contratar los seguros correspondientes.
En la exposición de motivos se establece que los automóviles son uno de los bienes con los que muchas familias potosinas cuentan para realizar su día a día, muchas otras dependen económicamente de ellos y por ende resulta imprescindible brindarles la seguridad de que están protegidos ante cualquier eventualidad.
En muchos estados existe una falta enorme de legislación en materia de protección a los propietarios de automóviles, ya sea en estacionamientos públicos, privados, aparcamientos en vía pública y respecto a los altos índices delictivos que afectan al país.
Es común que los estacionamientos digan a la entrada que la empresa no se hace responsable por daños, o por el robo total o parcial de tu vehículo cuando lo dejas en su estacionamiento. Lo cierto es que esto resulta ilógico, ya que si están cobrando por el servicio, el establecimiento tiene la obligación de contar con un seguro que proteja tu auto de robo o daños parciales, no obstante esta no es una realidad en San Luis Potosí́.
La presente iniciativa es formulada con el simple objetivo de responsabilizar a quienes en un principio tienen la obligación de brindar un servicio de calidad por el que de entrada están cobrando, el tema de los estacionamientos es uno de ellos. Existe una larga lista de ejemplos en donde los usuarios de estos espacios para guardar sus automóviles son víctimas de robos totales y/o parciales, y aprovechándose de las lagunas en las leyes, los estacionamientos así́ como sus propietarios se lavan las manos limitándose a decir que no están obligados a hacerse responsables de nada.
Los Ayuntamientos del Estado contarán con un plazo de 120 días a partir de la publicación de la ley, para realizar modificaciones necesarias a sus reglamentos. Una vez publicada la presente reforma y modificados los reglamentos correspondientes en cada Municipio, los propietarios de estacionamientos contarán con un plazo de 180 días para realizar los contratos de seguros, así́ como para incluir la declaración expresa de responsabilidad, ya sea en su boletaje, contrato o anuncio visible dentro del lugar.