¿En San Luis Potosí es delito hacer acrobacias en moto en la vía pública?

Estos últimos días agentes de la policía municipal han detenido a motociclistas sorprendidos haciendo acrobacias

Sebastián Escorza / El Sol de San Luis

  · viernes 11 de octubre de 2024

Luis Ricardo Solache / El Sol de San Luis

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal (SSPC) informó que un grupo de motociclistas fue sorprendido haciendo acrobacias en vía pública, por lo cual se les infraccionó de acuerdo con lo señalado por el Reglamento de Tránsito de la ciudad de San Luis Potosí.

Los hechos ocurrieron la noche de este martes 8 de octubre en la colonia Las Julias, al poniente de la capital potosina.

A este hecho se suma otro registrado en las calles Camino Real a Saltillo y Arenal en la colonia Las Flores al norte de la ciudad, donde tras un reporte ciudadano, agentes de la SSPC detectaron a otro grupo de motociclistas realizando acrobacias.

Y uno más ocurrido el pasado domingo 6 de octubre, cuando una caravana de motociclistas fue desarticulada por la Policía Vial y de Movilidad capitalina, luego de que irrumpiera en el tráfico de la avenida Carranza.

El operativo realizado por las autoridades dejó como saldo siete personas detenidas, y el resto del contingente fue dispersado.

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¿Cuáles son las sanciones por hacer acrobacias en moto?

El Reglamento de Tránsito del Ayuntamiento de San Luis Potosí contempla multas por la realización de acrobacias en motocicleta en su catálogo de infracciones en su Artículo 206.

De acuerdo con este documento “realizar actos de acrobacia en la vía pública y competencias de velocidad” es un hecho que amerita multa y que no puede ser sustituida por trabajo social, al contrario de otras infracciones descritas en este documento.

En la Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí se establece que hacer acrobacias en motocicleta es sancionado con una multa de 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir 3 mil 257 pesos con 10 centavos.

Cabe mencionar que el Reglamento de Tránsito señala que hay infracciones que no se pueden sustituir por cursos o pláticas por considerarse infracciones graves, al poner en peligro la integridad de terceras personas o su patrimonio.