/ lunes 18 de marzo de 2024

En 2024 no habrá refrendo de licencias municipales; ¿cuáles aplican?

Dirección de Comercio Municipal indica que la fecha límite es el próximo 27

La dirección de Comercio del Ayuntamiento capitalino advirtió que este año no habrá ampliación a la fecha límite para el refrendo de licencias de funcionamiento y anuncios 2024.

El último día será el próximo 27 de marzo, y en adelante se aplicarán multas y recargos; se recordó que las personas que estén al corriente al 2023 y cuenten con licencia de funcionamiento, pueden hacer el trámite en línea, solamente para los giros A, B y C, entre ellos abarrotes y depósitos de cerveza.

El refrendo de licencia de funcionamiento es obligatorio para todos los comercios; se destacó que este año se ha tenido muy buena respuesta a la convocatoria, por lo que se prevé sea mínimo el número de comerciantes y prestadores de servicios que caigan en mora.

Sin embargo, y debido a que no habrá ampliación, terminando el plazo comenzarán multas y recargos.

La dirección de Comercio Municipal insistió que la licencia de funcionamiento es esencial para garantizar el cumplimiento de normativas y contribuir al desarrollo ordenado de las actividades comerciales, y se recomendó no recurrir a terceras personas o a los llamados gestores, ya que el trámite es muy sencillo.

Para los trámites de manera presencial se debe acudir directamente a la dirección de Comercio Municipal.

La Licencia de Funcionamiento es esencial para garantizar el cumplimiento de normativas y contribuir al desarrollo ordenado de las actividades comerciales, y entre los dictámenes que se solicitan para el refrendo de licencia de funcionamiento están la licencia de uso de suelo, que emite la dirección de Desarrollo Urbano; el dictamen interno de protección civil y de medidas de seguridad que emite la Dirección de Protección Civil Municipal.

Así también, el dictamen que emite la Dirección de Gestión Ecológica y Manejo de Residuos, dictamen de factibilidad vial que emite la Dirección General de Policía Vial y Movilidad, así como dictamen de seguridad en riesgo e infraestructura contra incendio que emite la Dirección de Bomberos Metropolitanos y la visita de Opinión Técnica que emite el área de inspección de la Dirección de Comercio municipal.

La dirección de Comercio del Ayuntamiento capitalino advirtió que este año no habrá ampliación a la fecha límite para el refrendo de licencias de funcionamiento y anuncios 2024.

El último día será el próximo 27 de marzo, y en adelante se aplicarán multas y recargos; se recordó que las personas que estén al corriente al 2023 y cuenten con licencia de funcionamiento, pueden hacer el trámite en línea, solamente para los giros A, B y C, entre ellos abarrotes y depósitos de cerveza.

El refrendo de licencia de funcionamiento es obligatorio para todos los comercios; se destacó que este año se ha tenido muy buena respuesta a la convocatoria, por lo que se prevé sea mínimo el número de comerciantes y prestadores de servicios que caigan en mora.

Sin embargo, y debido a que no habrá ampliación, terminando el plazo comenzarán multas y recargos.

La dirección de Comercio Municipal insistió que la licencia de funcionamiento es esencial para garantizar el cumplimiento de normativas y contribuir al desarrollo ordenado de las actividades comerciales, y se recomendó no recurrir a terceras personas o a los llamados gestores, ya que el trámite es muy sencillo.

Para los trámites de manera presencial se debe acudir directamente a la dirección de Comercio Municipal.

La Licencia de Funcionamiento es esencial para garantizar el cumplimiento de normativas y contribuir al desarrollo ordenado de las actividades comerciales, y entre los dictámenes que se solicitan para el refrendo de licencia de funcionamiento están la licencia de uso de suelo, que emite la dirección de Desarrollo Urbano; el dictamen interno de protección civil y de medidas de seguridad que emite la Dirección de Protección Civil Municipal.

Así también, el dictamen que emite la Dirección de Gestión Ecológica y Manejo de Residuos, dictamen de factibilidad vial que emite la Dirección General de Policía Vial y Movilidad, así como dictamen de seguridad en riesgo e infraestructura contra incendio que emite la Dirección de Bomberos Metropolitanos y la visita de Opinión Técnica que emite el área de inspección de la Dirección de Comercio municipal.

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