Aunque es una iniciativa que todavía debe ser aprobado en el pleno, las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos del Congreso del Estado aprobaron un dictamen para elevar de 40 a 60 años de prisión el castigo a quien cometa el delito de feminicidio.
Los diputados reformaron el párrafo segundo del artículo 135 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, a fin de homologar las sanciones con lo establecido en el ordenamiento federal, informó la presidenta de la comisión de Derechos Humanos Marite Hernández Correa.
La ley dice que “…este delito se sancionará con una pena de veinte a cincuenta años de prisión, y sanción pecuniaria de dos mil a cinco mil días del valor de la unidad de medida y actualización”, pero con la reforma todo se modifica.
Se busca estar en concordancia con lo establecido a nivel federal en lo relacionado a las penas por el delito de feminicidio, y que se cuenten con sanciones suficientes para quienes cometen este ilícito.
Ante el incremento de la violencia feminicida, se hace necesario tener herramientas que permitan prevenir, erradicar y sancionar cualquier tipo de actos de violencia contra las mujeres, y principalmente en los casos de feminicidios.
La responsabilidad del Estado de actuar con la debida diligencia en la promoción y protección de los derechos de las mujeres es en gran medida insuficiente en relación con el asesinato de mujeres.
Por lo cual, se debe homologar las sanciones con respecto al nivel federal en lo relacionado al delito de feminicidio, además de las acciones previstas tendientes a la prevención, atención y protección de los derechos de las mujeres, que desarrollen las autoridades municipales, estatales y federales.
El dictamen correspondiente se presentará al pleno para su próxima votación.