/ domingo 29 de abril de 2018

El Sistema Penal da la idea de que no castiga

Hoy en día ya no es un sistema retributivo, es un sistema restaurativo

Los ocho años que se dieron de plazo para la transición para reforma penal, debieron ir acompañados de difusión hacia la sociedad para evitar la percepción de impunidad que se ha generado con la entrada del sistema oral, señaló Juan Paulo Almazán Cué, magistrado presidente del Poder Judicial en el estado.

El presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado (STJE) reconoció que con la entrada del sistema penal oral, se ha generado la percepción de que los delincuentes quedan en libertad, y que son los jueces quienes los liberan, cuando en realidad se trata de personas que aún están bajo proceso, pero que debido al principio de presunción de inocencia, llevan el juicio en libertad.

Explicó que con el nuevo sistema penal también se han generado nuevas alternativas para la solución de conflictos, como la mediación, que está en manos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en transición a Fiscalía, “hay muchos asuntos que no deben llegar a juicio”.

Almazán Cué agregó “el sistema penal hoy ya no es el sistema retributivo, es el sistema restaurativo, esa es una parte que nunca se le explicó a la sociedad; antes el estado decía: cometes una conducta tipificada como delito y se convertía retributivo “yo te castigo”, hoy lo que se busca es restaurar el daño que se genera”.

Al respecto, recordó que el artículo 19 de la Constitución Política y el 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establecen un catálogo de ocho conductas que son las que ameritan prisión preventiva oficiosa, mientras que el resto de los delitos permiten que el inculpado lleve el proceso en libertad.

Es por ello que muchos de los acusados pueden ser vistos en libertad a pesar de que están bajo proceso, y eso genera que el sistema penal sea cuestionado por la ciudadanía, al igual que los jueces, pues se cree que son ellos quienes dejan en libertad a los presuntos, sin embargo destacó que el Ministerio Público es quien tiene que solicitar la prisión preventiva y justificar el porqué debe llevarse así el juicio.

El presidente del Poder Judicial dijo considerar que faltó difusión de los alcances del sistema penal hacia la sociedad en esos ocho años que se dieron para la transición, “cuando se generó esta reforma se tuvo que hablar de los alcances, si me preguntas hacia quién apunto (por la falta de difusión) no tendría a quién apuntar, pero el Poder Judicial no, porque no llevamos a cabo esta reforma, nos toca ejecutarla, pero nosotros no generamos esta reforma”, deslindó.

NUMERALIA: 8 años se dieron para la transición y faltó difusión

8 delitos son considerados graves y por lo tanto, ameritan prisión preventiva oficiosa

Los ocho años que se dieron de plazo para la transición para reforma penal, debieron ir acompañados de difusión hacia la sociedad para evitar la percepción de impunidad que se ha generado con la entrada del sistema oral, señaló Juan Paulo Almazán Cué, magistrado presidente del Poder Judicial en el estado.

El presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado (STJE) reconoció que con la entrada del sistema penal oral, se ha generado la percepción de que los delincuentes quedan en libertad, y que son los jueces quienes los liberan, cuando en realidad se trata de personas que aún están bajo proceso, pero que debido al principio de presunción de inocencia, llevan el juicio en libertad.

Explicó que con el nuevo sistema penal también se han generado nuevas alternativas para la solución de conflictos, como la mediación, que está en manos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en transición a Fiscalía, “hay muchos asuntos que no deben llegar a juicio”.

Almazán Cué agregó “el sistema penal hoy ya no es el sistema retributivo, es el sistema restaurativo, esa es una parte que nunca se le explicó a la sociedad; antes el estado decía: cometes una conducta tipificada como delito y se convertía retributivo “yo te castigo”, hoy lo que se busca es restaurar el daño que se genera”.

Al respecto, recordó que el artículo 19 de la Constitución Política y el 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establecen un catálogo de ocho conductas que son las que ameritan prisión preventiva oficiosa, mientras que el resto de los delitos permiten que el inculpado lleve el proceso en libertad.

Es por ello que muchos de los acusados pueden ser vistos en libertad a pesar de que están bajo proceso, y eso genera que el sistema penal sea cuestionado por la ciudadanía, al igual que los jueces, pues se cree que son ellos quienes dejan en libertad a los presuntos, sin embargo destacó que el Ministerio Público es quien tiene que solicitar la prisión preventiva y justificar el porqué debe llevarse así el juicio.

El presidente del Poder Judicial dijo considerar que faltó difusión de los alcances del sistema penal hacia la sociedad en esos ocho años que se dieron para la transición, “cuando se generó esta reforma se tuvo que hablar de los alcances, si me preguntas hacia quién apunto (por la falta de difusión) no tendría a quién apuntar, pero el Poder Judicial no, porque no llevamos a cabo esta reforma, nos toca ejecutarla, pero nosotros no generamos esta reforma”, deslindó.

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