Debido a que la mayor parte de las agresiones contra las mujeres se cometen en el hogar, el Congreso del Estado ampliará el delito de violencia intrafamiliar para incluir entre quienes serán sujetos de una sanción, a todas las personas que hagan vida en común con la víctima, sin importar que vivan separados
Las mujeres que tienen una pareja son las que sufren violencia con mayor frecuencia. En los estudios realizados se asegura que el 43.9 por ciento de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por su pareja en algún momento de su vida marital, de convivencia o noviazgo, informó la diputada Paola Arreola Nieto.
Presentó ante el Pleno del Congreso del Estado una iniciativa que modifica el artículo 205 del Código Penal, buscando ampliar el delito de violencia intrafamiliar.
Establece que se debe considerar parte del núcleo familiar a quienes hagan la vida en común en forma constante y permanente por un período mínimo de seis meses, que mantengan una relación de pareja, aunque no vivan en el mismo domicilio, que se encuentren unidos por vínculos de padrinazgo o madrinazgo, que se incorporen a un núcleo familiar aunque no tengan parentesco con ninguno de sus integrantes; tengan relación con los hijos o hijas de su pareja, siempre que no los hayan procreado en común y, tengan relación con la pareja de alguno de sus progenitores.
La legisladora manifestó la necesidad de contribuir de manera activa a erradicar las injusticias y desigualdades que se manifiestan en las relaciones familiares y, es una obligación del Estado proteger los derechos humanos de las mujeres y los hombres, en toda circunstancia.
La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis, por lo que Arreola Nieto recalcó la urgencia de dictaminar dicha iniciativa, pues consideró necesaria la aplicación de un enfoque de protección a los derechos humanos y sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y niñas.
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