Delitos contra menores de 18 años, no prescribirán

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma los artículos 110 y 183 bis del Código Penal del Estado

Raymundo Rocha | El Sol de San Luis

  · domingo 5 de noviembre de 2023

Juana María Olivo | El Sol de San Luis

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma los artículos 110 y 183 bis del Código Penal del Estado, para evitar que los delitos cometidos en contra de menores de 18 años de edad tengan una prescripción jurídica.

La diputada Martha Patricia Aradillas dijo que el artículo 110 del Código Penal del Estado, plantea que los delitos de violación, feminicidio, homicidio calificado, homicidio en razón de parentesco, secuestro y desaparición forzada de persona así como los cometidos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual en agravio de una persona menor de 18 años de edad o persona que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, son imprescriptibles.

Se reformó el Código Penal del Estado, para que, tratándose de los delitos mencionados no prescriban, y que las conductas que tanto lastiman a nuestra sociedad no queden impunes.

El artículo 182 bis plantea que toda persona a quien le conste la comisión de alguno o algunos de los delitos a los que se refiere este Título, en agravio de una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, está obligada a denunciarlo.

Además, la persona que omita la disposición contenida en el párrafo anterior será sancionada con una pena de dos a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización. Con base en lo anterior, es que “resulta importante garantizar que cualquier delito de violación sea imprescriptible; así mismo garantizar los derechos de los menores de edad que resulten victimas de cualquier delito sexual y que este sea omiso por parte de la madre, padre o parientes colaterales hasta el cuarto grado.

Las y los diputados coincidieron en señalar que los delitos sexuales cometidos en agravio de menores de dieciocho años, nos constriñen a generar procedimientos que conlleven al acceso de la justicia y así se logre una restitución de los derechos de sus derechos y una reparación integral del daño. “De las denuncias por delitos sexuales contra menores de edad que la Fiscalía General del Estado contabilizó que los delitos más recurrentes, son el abuso sexual y violación”.

El dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y votación.