Cuando una persona física no realiza de manera adecuada su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y dentro de los tiempos marcados, o bien si ésta incumple con sus obligaciones fiscales, podría ser penada con una multa económica que asciende hasta los 34 mil pesos.
Algunas de las penalizaciones que se otorgan son: de mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente. De mil 400 a 34 mil 730 pesos por cada obligación al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia fuera del plazo señalado en el requerimiento, o bien por incumplimiento de dicho requerimiento, entre otras sanciones.
Cabe mencionar que las multas son acumulables, por lo que se recomienda a los contribuyentes no dejar el trámite para los últimos días del mes, ya que en caso de que surja alguna duda o aclaración, pueden tener la oportunidad de resolverla dentro de la misma dependencia.
Ante ello, el SAT informa sobre quiénes son los asalariados que deberán realizar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2018 en este mes de abril:
-Si una persona tuvo ingresos por parte de dos o más patrones de manera simultánea, si finalizó una relación laboral antes del 31 de diciembre de 2018, o bien si tuvo ingresos mayores a los 400 mil pesos.
-Los que están en el Régimen de Servicios Profesionales que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
-Si el asalariado recibió una indemnización o jubilación debe hacer declaración.
-Personas que cobran rentas por algún inmueble, ya sea departamento, casa o local comercial.
-Quienes reciben intereses o dividendos, también deben realizarla.
-Aquellos que tienen actividades empresariales, incluyendo los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal, o pequeños contribuyentes, que optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad.
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