Existen en el Estado, un total de 226 funerarias o agencias de inhumaciones y cremaciones, las cuales realizan actividades de venta de féretros, velación, preparación de cadáveres, traslado de cadáveres a los cementerios, crematorios, e inhumaciones y exhumaciones las cuales, son revisadas de manera permanente a fin de constatar que éstos establecimientos cumplan con lineamientos que establece la Ley General de Salud.
Por eso, de enero a la fecha, personal operativo de la Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, COEPRIS, ha realizado un total de 215 verificaciones sanitarias a igual número de funerarias y 13 visitas a establecimientos funerarios con servicio de cremación, además de la revisión de carrozas lo que ha generado la suspensión temporal de actividades a 7 establecimientos.
Y con la intención de evitar riesgos sanitarios, tanto en los usuarios, como en el personal que labora en los establecimientos dedicados a los servicios funerarios, la Secretaría de Salud de gobierno del Estado, (COEPRIS), realiza de manera permanente, la vigilancia y control sanitario de aquellos establecimientos denominados funerarias o agencias de inhumaciones-cremaciones.
Durante las visitas de supervisión, se revisa que los establecimientos cuenten con Aviso de Funcionamiento y aquellos establecimientos que cuentan con sala de preparación deben contar con un Responsable Sanitario. La sala de preparación de cadáveres, anfiteatro, así como el equipo debe permitir un adecuado manejo de los cadáveres y garantizar un óptimo proceso de embalsamiento, así mismo se revisa que el personal embalsamador esté debidamente autorizado por la Secretaría de Salud.
Aunado a lo anterior, se observa que las salas de velación cuenten con instalaciones adecuadas, tanto los anfiteatros como las salas de cremación, deben ubicarse de manera independiente al área de velación, los primeros deben contar con planchas de materiales lavables, trampas para el drenaje, equipo de bombeo de fluidos e instrumental suficiente y desinfectado, por lo que respecta a la sala de cremación ésta debe contar con hornos adecuados para cadáveres, así como los filtros adecuados.
Por lo que respecta a los vehículos que se utilizan para el traslado de cadáveres, deben ser cerrados y contar con una división entre el chofer y el área de traslado o carga, misma que debe contar con una superficie lisa y lavable, además de un seguro para evitar el movimiento del ataúd durante el traslado.