/ martes 23 de mayo de 2023

Congreso no autorizará deudas a ayuntamientos; rechaza solicitud de Tanlajás

El presidente municipal de Tanlajás, solicitó autorizar préstamo por un monto de $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.)

El presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso del Estado, el diputado José Luis Fernández Martínez comentó que en reunión de la comisión que preside, fue aprobado el dictamen que desecha por improcedente la solicitud presentada por el presidente municipal de Tanlajás, para autorizar préstamo por conducto de la Secretaría de Finanzas hasta por un monto de $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.), para liquidar y dar cumplimiento a sentencia definitiva del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.

Comentó que, es importante señalar que no existe fundamentación legal para que, el Poder Legislativo apruebe préstamos por conducto de la secretaría de finanzas; y que aunque es posible autorizar empréstitos y, en general, deuda que contraigan los municipios, esto sucede cuando se excede el término de la administración municipal.

Refirió que, el artículo 57 fracción XV, de la Constitución Política del Estado otorga la atribución al Congreso del Estado; autorizar al Gobernador, así como a los ayuntamientos, para contratar empréstitos a nombre del Estado, y el Municipio, siempre que se destinen a inversiones públicas productivas, y a su refinanciamiento o reestructura.

Fernández Martínez dijo que, el dictamen fue declarado improcedente también por la comisión de Hacienda y desarrollo municipal, pues se coincide que la propuesta es improcedente.

El dictamen será enviado a la Comisión de Hacienda del Estado para su análisis y posteriormente, ser presentado ante el Pleno del Poder Legislativo para su discusión y en su caso ser votado.

El presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso del Estado, el diputado José Luis Fernández Martínez comentó que en reunión de la comisión que preside, fue aprobado el dictamen que desecha por improcedente la solicitud presentada por el presidente municipal de Tanlajás, para autorizar préstamo por conducto de la Secretaría de Finanzas hasta por un monto de $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.), para liquidar y dar cumplimiento a sentencia definitiva del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.

Comentó que, es importante señalar que no existe fundamentación legal para que, el Poder Legislativo apruebe préstamos por conducto de la secretaría de finanzas; y que aunque es posible autorizar empréstitos y, en general, deuda que contraigan los municipios, esto sucede cuando se excede el término de la administración municipal.

Refirió que, el artículo 57 fracción XV, de la Constitución Política del Estado otorga la atribución al Congreso del Estado; autorizar al Gobernador, así como a los ayuntamientos, para contratar empréstitos a nombre del Estado, y el Municipio, siempre que se destinen a inversiones públicas productivas, y a su refinanciamiento o reestructura.

Fernández Martínez dijo que, el dictamen fue declarado improcedente también por la comisión de Hacienda y desarrollo municipal, pues se coincide que la propuesta es improcedente.

El dictamen será enviado a la Comisión de Hacienda del Estado para su análisis y posteriormente, ser presentado ante el Pleno del Poder Legislativo para su discusión y en su caso ser votado.

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