Congreso de SLP sí podría indultar a Sanjuana; ¿en qué consiste esta figura?

Su detención fue por una presunta complicidad al lado de su expareja en supuestos vínculos con el crimen organizado

Raymundo Rocha / El Sol de San Luis

  · viernes 16 de febrero de 2024

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El presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) diputado Rubén Guajardo Barrera dijo que el Congreso del Estado sí tiene facultades para otorgar indulto y, bajo una absoluta responsabilidad y apego a la ley, dará trámite legislativo al caso de Sanjuana Maldonado Amaya, sentenciada por secuestro.

El jueves se presentaron en el edificio legislativo de Vallejo 200 familiares, colectivas y asociaciones de derechos humanos, para presentar la solicitud de indulto porque consideran que la mujer que fue arrestada en 2009 a los 21 años de edad, “es víctima de la injusticia y la violencia estructural del estado”.

Su detención fue por una presunta complicidad al lado de su expareja en supuestos vínculos con el crimen organizado.

El Congreso del Estado llevará a cabo el trámite legislativo apegado a la ley, de la solicitud de indulto presentada por familiares, colectivas y asociaciones de derechos humanos en beneficio de Sanjuana Maldonado Amaya, dijo el presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) diputado Rubén Guajardo Barrera.

Guajardo Barrera dijo que “se recibe la petición, el procedimiento será que le daremos el trámite conforme al procedimiento parlamentario que se debe llevar a cabo. Se tendrá que dar cuenta en el Pleno del Congreso el próximo jueves en la sesión de pleno, a partir de ahí, se tendrá que turnar a las comisiones que deben ser responsables para poder llevar a cabo este procedimiento de indulto”.

El diputado Guajardo Barrera señaló que “estas comisiones podrían ser dos en específico, que es la Comisión de Gobernación y la Comisión de Justicia, que son las que también atienden este tipo de temas. Y a partir de ahí tendremos que hacer un análisis profundo”.

Manifestó que “es una gran responsabilidad que el Congreso lleve a cabo esta figura de indulto y estaremos en un estudio a fondo para analizar cuál será el proceder del Congreso del Estado ante esta solicitud”.

Insistió en que “tiene que ser con mucha responsabilidad, apegado a derecho y sobre todo con mucha transparencia y claridad. El Congreso del Estado aquí tiene que realmente cuidar mucho el procedimiento para que no se lleve a cabo una información que sea errónea”.

¿QUÉ ES EL INDULTO?

Del latín indultos, perdón, gracia, absolución, en atención a una condena o pena (Real Academia Española)

¿QUÉ DICE LA LEY?

La Constitución del Estado establece en su artículo 57 las atribuciones del Congreso del Estado, dentro de las que se encuentra la enumerada en la fracción XLV conceder aministías e indultos por los delitos del orden común

Artículo 108 del Código Penal del Estado:

Efectos y procedencia del indulto;

El indulto extingue la protestad de ejecutar las penas y las medidas de seguridad impuestas en sentencia ejecutoria, salvo el decomiso de instrumentos, objetos y productos relacionados con el delito, así como la reparación del daño;

Es facultad discrecional del Poder Legislativo del Estado conceder el indulto.