/ jueves 7 de noviembre de 2024

Congreso de SLP reforma ley para convocar a sesiones con 12 horas de anticipación

El Congreso del Estado contará con un órgano de notificación denominado Gaceta Parlamentaria

El Congreso del Estado aprobó reformar los artículos 32 y 144 de su Ley Orgánica para que las sesiones extraordinarias sean citadas, por quien ocupe la Presidencia de la Directiva a través de correo electrónico y con por lo menos doce horas de anticipación.

La diputada Jaqueline Jáuregui Mendoza aceptó que la reforma está enfocada a agilizar los tiempos para convocar a sesiones y aprobar las minutas federales de reformas constitucionales, que son demandas sociales y de gran impacto para el país; dispensar los trámites legislativos, hará más eficiente al Congreso.

En respuesta, el legislador del PAN Rubén Guajardo Barrera dijo que es falso que con esta reforma el Poder Legislativo vaya a ser más ágil y eficiente y pidió que se informe el trabajo de las comisiones sobre iniciativas de carácter local, ya que hasta el momento sólo se han aprobado minutas de reformas federales.

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El Congreso del Estado contará con un órgano de notificación denominado Gaceta Parlamentaria, dependiente de la Directiva que se publicará en el portal del Congreso del Estado y enviará, vía electrónica, a las y los legisladores, con por lo menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la fijada para la sesión de que se trate, tanto en los periodos ordinarios como en extraordinarios del Congreso del Estado, con excepción de las sesiones extraordinarias conforme a lo establecido en la presente Ley y en el Reglamento.

En la exposición de motivos se señala que el presente dictamen tiene como propósito establecer con precisión que es una sesión extraordinaria, y por otra parte como ha de llevarse a cabo, haciéndolo de manera adecuada primero en la Ley Orgánica y luego en el Reglamento.

Se determina el tiempo mínimo para que se convoque a una sesión extraordinaria y además, atendiendo la vigente posibilidad de que si es considerado por la mayoría de las y los integrantes del Congreso, se dispense el proceso legislativo, esa posibilidad sea además para el tratamiento de las minutas con proyecto de Decreto que modifiquen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que ellas no son iniciativa, sin embargo su importancia y trascendencia para la vida pública de México y el Estado de San Luis Potosí, justifican su inclusión.

El Congreso del Estado aprobó reformar los artículos 32 y 144 de su Ley Orgánica para que las sesiones extraordinarias sean citadas, por quien ocupe la Presidencia de la Directiva a través de correo electrónico y con por lo menos doce horas de anticipación.

La diputada Jaqueline Jáuregui Mendoza aceptó que la reforma está enfocada a agilizar los tiempos para convocar a sesiones y aprobar las minutas federales de reformas constitucionales, que son demandas sociales y de gran impacto para el país; dispensar los trámites legislativos, hará más eficiente al Congreso.

En respuesta, el legislador del PAN Rubén Guajardo Barrera dijo que es falso que con esta reforma el Poder Legislativo vaya a ser más ágil y eficiente y pidió que se informe el trabajo de las comisiones sobre iniciativas de carácter local, ya que hasta el momento sólo se han aprobado minutas de reformas federales.

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El Congreso del Estado contará con un órgano de notificación denominado Gaceta Parlamentaria, dependiente de la Directiva que se publicará en el portal del Congreso del Estado y enviará, vía electrónica, a las y los legisladores, con por lo menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la fijada para la sesión de que se trate, tanto en los periodos ordinarios como en extraordinarios del Congreso del Estado, con excepción de las sesiones extraordinarias conforme a lo establecido en la presente Ley y en el Reglamento.

En la exposición de motivos se señala que el presente dictamen tiene como propósito establecer con precisión que es una sesión extraordinaria, y por otra parte como ha de llevarse a cabo, haciéndolo de manera adecuada primero en la Ley Orgánica y luego en el Reglamento.

Se determina el tiempo mínimo para que se convoque a una sesión extraordinaria y además, atendiendo la vigente posibilidad de que si es considerado por la mayoría de las y los integrantes del Congreso, se dispense el proceso legislativo, esa posibilidad sea además para el tratamiento de las minutas con proyecto de Decreto que modifiquen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que ellas no son iniciativa, sin embargo su importancia y trascendencia para la vida pública de México y el Estado de San Luis Potosí, justifican su inclusión.

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