/ jueves 7 de julio de 2022

Conflicto entre padres repercute en los hijos; habrá cárcel a quien los use para beneficio propio

Tiene la finalidad de que los padres no utilicen a los hijos como rehenes sustrayéndolos para obtener un beneficio propio

En la reforma al Código Penal del Estado que aprobó la Comisión de Justicia, se determinó una pena de dos a seis años de prisión, al padre o madre que sustraiga, retenga u oculte a un hijo menor de edad, con la finalidad de obligar al otro a dar, hacer o dejar de hacer algo, en beneficio propio.

Sin embargo, se le añadió la frase “sin causa justificada”, ya que existe la posibilidad de que, el padre o la madre al acudir a entregar a su hija o hijo, detecte que no hay condiciones para la seguridad del menor porque él o ella, podrían estar consumiendo alcohol, drogas o con personas peligrosas.

En estos casos, determinaron los diputados, lo más coherente es que el menor no sea entregado y regrese con el papá o la mamá –dependiendo el caso- a un lugar seguro, caso en el que no se podría aplicar esta disposición legal.

Los padres de familia que enfrentan una separación o un divorcio no prevén el daño que se les pueden ocasionar a los hijos al involucrarlos en la separación, pues muchas veces los actos por acción o por omisión no permiten el sano desarrollo de los niños que conlleva a realizar agresiones físicas, sexuales, psicológicas, pero también la utilización de los hijos en conflicto entre adultos.

Son conductas que ponen en riesgo a los menores, por ejemplo, cuando son utilizados como rehenes después de una separación esto también es maltrato, pues los padres no respetan quien tiene la guarda y custodia decretada judicialmente y sustraen a los hijos, utilizándolos para obligar al otro padre o madre de familia a dar, hacer o dejar de hacer algo, con la amenaza de no entregar al menor.

La reforma tiene la finalidad de que los padres no utilicen a los hijos como rehenes sustrayéndolos para obtener un beneficio propio, pues la infancia es el grupo social más vulnerable, por ello el Estado tiene la obligación de garantizar que los menores vivan en un ambiente sano para su desarrollo físico y psicológico, pues este es un derecho fundamental para ellos, se tiene que asegurar que los padres tengan buenos tratos hacia sus hijos y evitar utilizarlos como rehenes o cosificarlos.

En la reforma al Código Penal del Estado que aprobó la Comisión de Justicia, se determinó una pena de dos a seis años de prisión, al padre o madre que sustraiga, retenga u oculte a un hijo menor de edad, con la finalidad de obligar al otro a dar, hacer o dejar de hacer algo, en beneficio propio.

Sin embargo, se le añadió la frase “sin causa justificada”, ya que existe la posibilidad de que, el padre o la madre al acudir a entregar a su hija o hijo, detecte que no hay condiciones para la seguridad del menor porque él o ella, podrían estar consumiendo alcohol, drogas o con personas peligrosas.

En estos casos, determinaron los diputados, lo más coherente es que el menor no sea entregado y regrese con el papá o la mamá –dependiendo el caso- a un lugar seguro, caso en el que no se podría aplicar esta disposición legal.

Los padres de familia que enfrentan una separación o un divorcio no prevén el daño que se les pueden ocasionar a los hijos al involucrarlos en la separación, pues muchas veces los actos por acción o por omisión no permiten el sano desarrollo de los niños que conlleva a realizar agresiones físicas, sexuales, psicológicas, pero también la utilización de los hijos en conflicto entre adultos.

Son conductas que ponen en riesgo a los menores, por ejemplo, cuando son utilizados como rehenes después de una separación esto también es maltrato, pues los padres no respetan quien tiene la guarda y custodia decretada judicialmente y sustraen a los hijos, utilizándolos para obligar al otro padre o madre de familia a dar, hacer o dejar de hacer algo, con la amenaza de no entregar al menor.

La reforma tiene la finalidad de que los padres no utilicen a los hijos como rehenes sustrayéndolos para obtener un beneficio propio, pues la infancia es el grupo social más vulnerable, por ello el Estado tiene la obligación de garantizar que los menores vivan en un ambiente sano para su desarrollo físico y psicológico, pues este es un derecho fundamental para ellos, se tiene que asegurar que los padres tengan buenos tratos hacia sus hijos y evitar utilizarlos como rehenes o cosificarlos.

Local

Puente Manuel J. Othón: ¿por qué se inunda incluso cuando no llueve?

El puente Manuel José Othón, una de las vías que comunica el oriente de la ciudad con su Centro Histórico, ha sido un dolor de cabeza para las autoridades municipales por sus constantes inundaciones

Local

San Luis Potosí, entre los 10 estados con más pobreza en México

La entidad se mantiene en octavo lugar de pobreza en México: Coneval

Local

En proceso, tipificación de la violencia vicaria como delito en SLP

La violencia vicaria “es como la cereza del pastel de las violencias, porque comienza en el hogar con la violencia física, verbal, psicológica, y cuando la mujer dice: no más, van contra los hijos”

Deportes

Carrera atlética El Sol de San Luis: últimos días de promoción para inscribirse

Hasta el 24 de noviembre se tendrán descuentos en todos los puntos de inscripción. Habrá módulo el sábado 23 en el Club Deportivo Potosino

Local

Clima del 22 al 25 de noviembre en SLP: pronostican frío en las mañanas y noches

También se pronostican heladas al amanecer en zonas altas del norte del país, según el reporte de la Conagua