Condusef reprueba a 5 instituciones financieras en materia de transparencia

Se evaluaron 15 instituciones financieras, de las cuales, 5 obtuvieron una calificación reprobatoria materia de transparencia financiera y calidad de la información del producto Tarjeta de Crédito

Daniela Aranda | El Sol de San Luis

  · miércoles 29 de diciembre de 2021

Cortesía | PxHere

Banco Azteca, BBVA, Banca Mifel, Santander Consumo y Tarjetas Banamex son las instituciones que obtuvieron una calificación reprobatoria, en la supervisión en materia de transparencia financiera y calidad de la información del producto Tarjeta de Crédito, realizada durante el 2020 por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

La CONDUSEF informó que para llevar a cabo este proceso se analizó información de todos los Bancos o Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES) reguladas que son emisores de tarjetas de crédito.

Durante el proceso de supervisión se verificaron que los documentos e información que utilizan las instituciones con los usuarios, previo a la contratación y durante la vida del crédito, cumplan con la normatividad aplicable. Se analizaron expedientes de clientes que están integrados por: contrato de adhesión, carátula, estado de cuenta; también se revisó información como: la publicidad del producto, página de internet y el folleto informativo, los cuales deben contener y cumplir con los requisitos que señala la normativa en la materia.

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Se evaluaron 15 instituciones financieras, de las cuales, 5 obtuvieron una calificación reprobatoria en las dos veces que fueron valoradas. Banco Azteca obtuvo un 3.8 en su primera calificación y 5.2 en la segunda calificación; BBVA obtuvo 5.1 en ambas calificaciones; Banca Mifel obtuvo 2.0 en la primera y 4.8 en la segunda; Santander Consumo obtuvo 4.3 en ambas calificaciones; y Tarjetas Banamex obtuvo 3.8 en la primera y 4.0 en la segunda.

Asimismo, hubo algunas otras instituciones que tuvieron calificaciones reprobatorias en la primera revisión, pero en la segunda aprobaron gracias a que realizaron los cambios que se les ordenaron. Tal es el caso de Banca Afirme con calificaciones de 5.1 en la primera y 10.0 en la segunda, Banorte con 2.8 en la primera y 10.0 en la segunda, y Sofom Inbursa con 4.6 en la primera y 8.8 en la segunda.

Fueron 7 instituciones que recibieron calificaciones aprobatorias en ambas revisiones, sin embargo, tras haber realizado algunos cambios indicados por la CONDUSEF, éstas pudieron mejorar su segunda calificación. Es el caso de American Express que tuvo 9.4 en la primera calificación y 10.0 en la segunda; BanBajío 7.8 en la primera calificación y 10.0 en la segunda; Banregio 9.4 en la primera y 10.0 en la segunda; HSBC 7.8 en la primera y 10.0 en la segunda calificación; Scotiabank Inverlat 9.1 en la primera y 10.0 en la segunda; BanCoppel 9.8 en la primera y 10.0 en la segunda; y Banco Invex 6.4 en la primera y 9.4 en la segunda.

Algunos incumplimientos que fueron detectados son los siguientes:

-En el contrato de adhesión: No contiene el concepto y el monto o método de cálculo de las comisiones, ni señala el lugar donde pueden consultarse. No indican el procedimiento de modificación. No indican la disminución de la línea de crédito. No cuentan con la información de la normatividad vigente.

-En la carátula: No contiene el CAT personalizado de conformidad con las características específicas de la operación. No indica el concepto y monto o método de cálculo de las comisiones relevantes y cláusula.

-En el estado de cuenta: No señala el CAT con valor personalizado expresado en términos porcentuales y anuales. No indica las tasas de interés ordinaria y moratoria en términos anuales y en porcentaje. No indica el Pago Mínimo más la parte exigible de las promociones sin intereses o al pago fijo.

-En el folleto informativo: No incluye un listado vigente donde se establezca claramente el concepto, monto o método de cálculo y la periodicidad de cobro de todas las comisiones. La información no es congruente con la plasmada en el contrato. No indica las modalidades de contratación del producto.

-En la página de internet: No indica el concepto, monto o método de cálculo y periodicidad de las comisiones. No indica la tasa de interés en términos anuales, simples y en porcentaje. No señala las tasas de interés de forma resaltada.

-En la publicidad: No señala la tasa de interés expresada en términos anuales, simples y en porcentaje (solo si hace referencia). No señala el concepto de las comisiones. La información no es congruente con la señalada en el contrato.

Los resultados de la evaluación y los incumplimientos detectados podrán ser consultados en el Buró de Entidades Financieras, a cargo de la CONDUSEF en la siguiente liga: https://www.buro.gob.mx. Los incumplimientos a la norma aplicable serán sujetos a las sanciones que correspondan.

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