Con iniciativa, buscan ampliar protección de bienes inmuebles, por parte de fraccionadores

Esto en el caso de que presenten algún tipo de daño originado por la mala construcción

Alejandra Ruiz | El Sol de San Luis

  · domingo 13 de agosto de 2023

Juana María Olivo| El Sol de San Luis

Comisión de Justicia del Congreso del Estado analizará iniciativa para reformar el Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, donde propone ampliar de seis meses a dos años, la protección del bien inmueble que presente algún tipo de daño originado por la una mala construcción.

Así lo informó la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón, quien señaló que lo que se busca es que las empresas fraccionadoras se hagan responsables de los "vicios ocultos" en las construcciones.

"Es importante y fundamental ampliar de seis meses a dos años la protección para quien adquiere un bien inmueble, los cuales serán contados a partir desde la entrega del inmueble, en donde los compradores tendrán la oportunidad de ejercer la acción legal".

Juana María Olivo| El Sol de San Luis

Lo que significa que el Código Civil al ser posiblemente modificado, beneficie a quienes realicen adquisiciones de bienes inmuebles y si llegan a enfrenta algún desperfecto, presentar acciones legales en contra de quien resulte responsable.

"Los adquirientes en ocasiones presentan inconformidades sobre el estado de las casas habitación contra fraccionadores, constructores o promotores, durante la venta de vivienda sorprenden a los compradores mediante diversas promociones, para que adquieran la casa, y después de que empiezan los reclamos estos presentan argucias para eludir su responsabilidad cuando en las viviendas aparecen vicios ocultos”.

Juana María Olivo| El Sol de San Luis

Senllace Ochoa Limón, detalló que esta iniciativa plantea modificar el Artículo 1959 , 1982, 1975 y 1981, del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí

“Se propone que las acciones que nacen de lo dispuesto en estos artículos, se extingan a los dos años tratándose de bienes inmuebles y seis meses tratándose bienes muebles, contados desde la entrega de la cosa enajenada, sin perjuicio ", dijo.

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