/ martes 4 de agosto de 2020

Certificado médico-psicológico, nuevo requisito para adquirir armas

Todas las personas interesadas en adquirir ese tipo de artículos bélicos deben cumplir con todos los requisitos

A partir del día primero de agosto se adiciona el certificado médico-psicológico como un requisito más para la adquisición de armas, cartuchos o accesorios con que cuenta el Ejército y Fuerza Aérea.

Así lo dio a conocer la Secretaría de la Defensa Nacional a través de la 12ª. Zona Militar, haciéndose hincapié en que todas las personas interesadas en adquirir ese tipo de artículos bélicos deben cumplir con todos los requisitos, principalmente el que se añade.

El certificado médico-psicológico deberá anexarse a la solicitud la cual se encuentra disponible en la página de internet de la Secretaría.

Este requisito se añade en cumplimiento al Plan Sectorial de Defensa Nacional, como una de las acciones impulsadas para abatir la problemática en el uso de armas de fuego.

Los requisitos a cubrir para adquirir armas, cartuchos o accesorios son fotocopia de la cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, si los interesados son mayores de 40 años deben presentar la hoja de excepción del S.M.N.; para personal femenino, fotocopia del acta de nacimiento.

También debe presentarse una constancia laboral, carta de antecedentes no penales en original, expedido por la autoridad estatal competente del lugar donde se resida, presentar también copia del comprobante de domicilio que puede ser predial, recibo de agua, luz o teléfono.

Otros requisitos que deben añadirse son fotocopia de una identificación con fotografía como credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte, cualquiera de éstos debe ser actual y legible.

En caso de que las armas sean solicitadas para tiro o cacería deberá anexarse fotocopia de la credencial del club cinegético al que pertenece. En caso de que las armas sean solicitadas para colección, deberá anexar fotocopia del “permiso para poseer colección de armas de fuego” expedido por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

Deberán anexarse también fotocopia del acta de nacimiento, de la cual coincidan con los demás documentos, el o los nombres y apellidos de la persona interesada, quien debe presentar también una fotocopia de la CURP.

A partir del día primero de agosto se adiciona el certificado médico-psicológico como un requisito más para la adquisición de armas, cartuchos o accesorios con que cuenta el Ejército y Fuerza Aérea.

Así lo dio a conocer la Secretaría de la Defensa Nacional a través de la 12ª. Zona Militar, haciéndose hincapié en que todas las personas interesadas en adquirir ese tipo de artículos bélicos deben cumplir con todos los requisitos, principalmente el que se añade.

El certificado médico-psicológico deberá anexarse a la solicitud la cual se encuentra disponible en la página de internet de la Secretaría.

Este requisito se añade en cumplimiento al Plan Sectorial de Defensa Nacional, como una de las acciones impulsadas para abatir la problemática en el uso de armas de fuego.

Los requisitos a cubrir para adquirir armas, cartuchos o accesorios son fotocopia de la cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, si los interesados son mayores de 40 años deben presentar la hoja de excepción del S.M.N.; para personal femenino, fotocopia del acta de nacimiento.

También debe presentarse una constancia laboral, carta de antecedentes no penales en original, expedido por la autoridad estatal competente del lugar donde se resida, presentar también copia del comprobante de domicilio que puede ser predial, recibo de agua, luz o teléfono.

Otros requisitos que deben añadirse son fotocopia de una identificación con fotografía como credencial de elector, licencia de conducir o pasaporte, cualquiera de éstos debe ser actual y legible.

En caso de que las armas sean solicitadas para tiro o cacería deberá anexarse fotocopia de la credencial del club cinegético al que pertenece. En caso de que las armas sean solicitadas para colección, deberá anexar fotocopia del “permiso para poseer colección de armas de fuego” expedido por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

Deberán anexarse también fotocopia del acta de nacimiento, de la cual coincidan con los demás documentos, el o los nombres y apellidos de la persona interesada, quien debe presentar también una fotocopia de la CURP.

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