/ martes 31 de agosto de 2021

Centros comerciales pueden cobrar estacionamiento, pero deben cumplir

Tiempo de tolerancia, seguro y vigilancia de circuito cerrado, son algunas de las condiciones que la autoridad municipal debe hacer cumplir

La nueva Ley de Ordenamiento Territorial aprobada por el pleno del Congreso del Estado en Noviembre del año pasado, faculta a los administradores de centros comerciales a cobrar el uso del estacionamiento a sus clientes pero además, establece obligaciones sobre un lapso de tolerancia y condiciones de seguridad.

Sin embargo, pocas son las plazas comerciales que otorgan esa tolerancia ya que la mayoría es indiferente y obliga a sus clientes al pago de tarifas que van de los 12 a los 15 pesos y un pago elevado si el boleto se pierde.

La ley establece en el artículo 280 que: Los establecimientos comerciales y de servicios, procurarán que sus estacionamientos sean gratuitos; en caso contrario, aquellos que pretendan cobrar por el ingreso y permanencia en los mismos, estarán obligados a:

  • I. Otorgar a los usuarios cuando menos quince minutos de tolerancia gratuitos
  • II. Colocar sistemas de vigilancia y seguridad en el estacionamiento del establecimiento
  • III. Contar con seguro contra robo total de los vehículos, así como con seguro para cubrir daños ocasionados por el estacionamiento del establecimiento

El diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi señaló que entre las obligaciones se encuentran que exista seguridad, vigilancia, seguro contra robo del vehículo y tener claras las tarifas por hora y fracción además del tiempo de tolerancia para permanecer ahí sin tener que pagar.

Los centros comerciales tienen la obligación de cumplir con algunas especificaciones como lo es tener circuito cerrado de video, dar al usuario una tolerancia de 15 minutos, y cumplir con los permisos ante la autoridad municipal.

Señaló que en la Ley del 2018 se establecía la prohibición del cobro de estacionamiento en los centros comerciales, lo que generó una serie de amparos y por ello seguían cobrando, de tal manera que en esta nueva Ley se les permite el cobro de considerarlo necesario, ya que se trata de un lugar privado.

Sin embargo, debe haber tolerancia, seguridad y garantías, que quedaron especificadas en la ley; “en lo particular soy de la idea de que los centros comerciales no le deben cobrar el estacionamiento a los clientes, pero finalmente eso ya está normado bajo las condiciones que hemos mencionado”.

Expuso que lo mínimo que deben recibir quienes pagan por estacionarse en un centro comercial, es un seguro contra el robo de su unidad además de una vigilancia permanente para evitar cualquier daño en la unidad, situaciones que son muy comunes que se presenten.

La nueva Ley de Ordenamiento Territorial aprobada por el pleno del Congreso del Estado en Noviembre del año pasado, faculta a los administradores de centros comerciales a cobrar el uso del estacionamiento a sus clientes pero además, establece obligaciones sobre un lapso de tolerancia y condiciones de seguridad.

Sin embargo, pocas son las plazas comerciales que otorgan esa tolerancia ya que la mayoría es indiferente y obliga a sus clientes al pago de tarifas que van de los 12 a los 15 pesos y un pago elevado si el boleto se pierde.

La ley establece en el artículo 280 que: Los establecimientos comerciales y de servicios, procurarán que sus estacionamientos sean gratuitos; en caso contrario, aquellos que pretendan cobrar por el ingreso y permanencia en los mismos, estarán obligados a:

  • I. Otorgar a los usuarios cuando menos quince minutos de tolerancia gratuitos
  • II. Colocar sistemas de vigilancia y seguridad en el estacionamiento del establecimiento
  • III. Contar con seguro contra robo total de los vehículos, así como con seguro para cubrir daños ocasionados por el estacionamiento del establecimiento

El diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi señaló que entre las obligaciones se encuentran que exista seguridad, vigilancia, seguro contra robo del vehículo y tener claras las tarifas por hora y fracción además del tiempo de tolerancia para permanecer ahí sin tener que pagar.

Los centros comerciales tienen la obligación de cumplir con algunas especificaciones como lo es tener circuito cerrado de video, dar al usuario una tolerancia de 15 minutos, y cumplir con los permisos ante la autoridad municipal.

Señaló que en la Ley del 2018 se establecía la prohibición del cobro de estacionamiento en los centros comerciales, lo que generó una serie de amparos y por ello seguían cobrando, de tal manera que en esta nueva Ley se les permite el cobro de considerarlo necesario, ya que se trata de un lugar privado.

Sin embargo, debe haber tolerancia, seguridad y garantías, que quedaron especificadas en la ley; “en lo particular soy de la idea de que los centros comerciales no le deben cobrar el estacionamiento a los clientes, pero finalmente eso ya está normado bajo las condiciones que hemos mencionado”.

Expuso que lo mínimo que deben recibir quienes pagan por estacionarse en un centro comercial, es un seguro contra el robo de su unidad además de una vigilancia permanente para evitar cualquier daño en la unidad, situaciones que son muy comunes que se presenten.

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