Tras varios meses de haberse presentado la denuncia, finalmente el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), acreditó que existieron actos constitutivos de violencia política en razón de género, en contra de la presidenta municipal de Villa de Zaragoza Paloma Bravo García, por el regidor Rafael Cárdenas Govea y sus ayudantes José Alberto Sánchez Flores, David Alejandro Arroyos Ruiz, José Refugio Santana Ruiz y José Luis Loredo Martínez.
La alcaldesa fue agredida física y verbalmente durante semanas por el regidor y algunos funcionarios que tenían tomada la presidencia municipal, para exigir su renuncia y que el edil pudiera asumir el cargo de presidente; incluso hubo un intento de desalojo por parte de la Policía Estatal que terminó en trifulca.
También se aprobaron sanciones monetarias a los denunciados y vincular el caso a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, a efecto de que, de conformidad con sus atribuciones, otorgue a la víctima atención psicológica especializada.
Se determinó que lo infractores citados de inmediato deberán elaborar una disculpa pública para la agraviada, asistir a cursos de capacitación sobre derechos humanos y de sensibilización, apercibidos de que en el caso que no cumplan se efectuarán las medidas de apremio correspondientes.
Las y los consejeros aprobaron que una vez que cause ejecutoria la presente resolución, se ordene la inscripción de las personas sancionadas en la presente resolución en el Registro Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Se impone a Cárdenas Govea, la sanción establecida en el artículo 474, de la Ley Electoral, por lo que se dará vista a la LXII Legislatura de San Luis Potosí, y en el caso de Sánchez Flores, quien fungió como Tesorero Municipal se le dará vista al Ayuntamiento de Zaragoza, para que determinen lo conducente.
A José Luis Loredo Martínez y José Refugio Sánchez se les imponen sanciones monetarias, a éste último por incurrir en desobediencia al mandato emitido por la Comisión de Quejas, respecto a las medidas cautelares dictadas en favor de la presidenta municipal.
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